1-en ningun caso se ha de iniciar pelea o ataque ya q esta penado por el articulo 617 (C.P en adelante) en caso de ser falta no constitutiva de delito,de acarrear delito seria de lesiones 147-156 teniendo especial incidencia en los casos de mediar circustancias como alevosia o relaciones sentimentales.
2- en caso de no iniciar actuando como defensor no se puede actuar con brutalidad absoluta , el art 20.4 establece:agresion ilegitima ( es decir q sin mas e ataquen),necesidad racional del medio para impedirlo (esta parte nos interesa si alguien te lanza un puñetazo y tu eres bob sapp no puedes cargartelo porque si, tienes q ser racional-proporcional),falta de provocacion suficiente por parte del defensor(no puedes provocar q te agredan)
3-en el caso de conocer artes marciales y demas me inclino por q seria de aplicacion el 22.1 o 22.2: alevosia(ejemplo en grapling le haces un estrangulamiento contra el q nada puede hacer, pero es mas complicado apreciar),abuso de superioridad (por ejemplo si eres remy bonjasky y pegas a un chaval de 60 kilos te pueden decir q has tenido abuso de superioridad, o si sabes am en general tambien te la podrian apreciar, no obstante si eres principiante relativamente ejm:cinturon verde ma o menos o 2 años de practica o algo asi y no eres una mula de 120 kg no creo q un juez llegue a apreciarlo.22.5:aumento del sufrimiento si por ejemplo cometes el delito pero le pegas 15.000 hostias de mas.
4- el resultado de los agravantes es q la pena a cumplir se aplica en la mitad superior, no obstante si no hay antecedentes aunq tengas una pelea con delito podria sustituirse la pena y seguramente no te encierren.
ESPERO Q OS SIRVA y no seais delincuentes...











