vigilantes de seguridad-multa

En este foro se habla de defensa policial y militar (métodos, armamento, etc.), así como de los aspectos jurídicos implicados (legislación sobre agresiones, etc). Se evitará entrar en debates políticos, y se potenciará el debate técnico. Este NO es un foro de sucesos ni de política.

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vigilantes de seguridad-multa

Notapor thai warrior » 20 Ene 2010 16:36

Hola foreros!
Mi pregunta es si los vigilantes de seguridad tienen capacidad para multar.
La cuestión la verdad es que es un poco triste (por lo que a mi respecta). Estaba en una fiesta universitaria, donde lógicamente cierran las puertas y no hay ningun bar a menos de 5 minutos, me entraron ganas de ir al baño, y como muchos, pues fui a ejercer mi "derecho a la micción" por ahí, con la mala suerte que según me estaba preparando en una esquina (que no llegué a mear...pobre de mi) me "cazaron" dos vigilantes de seguridad.
Hablé con ellos, explicándoles que ni me había dado tiempo e intentando darles penilla. Y finalmente, me dijeron que les hiciera caso, que les diera mi dni, que sería mejor que si me pillaba la policia.
Ha pasado ya un mes y no me han notificado ninguna multa, y quería saber si es posible que me llegue, o no tienen capacidad para multar y sólo querían mantener la zona lo más controlada posible.
Gracias y un saludo!
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Re: vigilantes de seguridad-multa

Notapor cyberclon » 20 Ene 2010 19:31

thai warrior escribió:Hola foreros!
Mi pregunta es si los vigilantes de seguridad tienen capacidad para multar.
La cuestión la verdad es que es un poco triste (por lo que a mi respecta). Estaba en una fiesta universitaria, donde lógicamente cierran las puertas y no hay ningun bar a menos de 5 minutos, me entraron ganas de ir al baño, y como muchos, pues fui a ejercer mi "derecho a la micción" por ahí, con la mala suerte que según me estaba preparando en una esquina (que no llegué a mear...pobre de mi) me "cazaron" dos vigilantes de seguridad.
Hablé con ellos, explicándoles que ni me había dado tiempo e intentando darles penilla. Y finalmente, me dijeron que les hiciera caso, que les diera mi dni, que sería mejor que si me pillaba la policia.
Ha pasado ya un mes y no me han notificado ninguna multa, y quería saber si es posible que me llegue, o no tienen capacidad para multar y sólo querían mantener la zona lo más controlada posible.
Gracias y un saludo!


Segun lo que yo tengo entendido no tienen ninguna postestad mas que la de retener a la espera de la policia. Podran denunciarte, pero seria como si te denuncia tu vecino, una denuncia voluntaria en la que a falta de pruebas solo constaria tu testimonio contra el de ellos. Yo no me preocuparia, dudo que te llege ninguna multa.

Un Saludo
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Re: vigilantes de seguridad-multa

Notapor hon ken » 20 Ene 2010 19:50

Lo que no entiendo es por qué le piden el DNI ¿ Tienen potestad para ello ?
Un saludo.
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Re: vigilantes de seguridad-multa

Notapor To Dai » 21 Ene 2010 14:14

Sí que pueden pedirte que te identifiquen siempre que se en en lugar en el que ellos están trabajando (el centor comercial, polígono, urbanización). Lo que no pueden hacer es retener dicha documentación.
Por supuesto no pueden multarte, eso es cosa de la Policía.
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Re: vigilantes de seguridad-multa

Notapor thai warrior » 21 Ene 2010 14:43

Muchas gracias por las respuestas, la verdad es que me quedo más tranquilo. Lo he comentado por ahí y todos me han dicho que no creen que llegue nada, a ver que pasa finalmente.
Si es que....estas fiestas universitarias locas jejeje
Un saludo!
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Re: vigilantes de seguridad-multa

Notapor To Dai » 22 Ene 2010 18:56

Que no que no, que ya te digo yo que no te llega nada.
Los vigilantes no pueden multar. Estate tranquilo.
Lo único que querían era que no mearas ahí y mantener eso en orden. Vamos, su trabajo.
Pero no pasa absolutamente nada.
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Re: vigilantes de seguridad-multa

Notapor mark66 » 23 Ene 2010 00:53

To Dai escribió:Sí que pueden pedirte que te identifiquen siempre que se en en lugar en el que ellos están trabajando (el centor comercial, polígono, urbanización). Lo que no pueden hacer es retener dicha documentación.
Por supuesto no pueden multarte, eso es cosa de la Policía.


bueno pueden pedir que te identifiques pero como bien dices como lo puede hacer un vecino , una de las pocas competencias es el de retener hasta que llege la autoridad competente , es mas eso lo puede hacer cualquier civil contra cualquiera que cometa un delito y le retengan
( cuidado no detener ) hasta la llegada de los ajentes .
los vigilantes ya lo dice el nombre tienen que vigilar y dar apoyo a la policia si llega el caso y poco mas , luego asi pasa que muchos por extra limitarse en las funciones tienen problemas .
ala un saludote :wink: .
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Re: vigilantes de seguridad-multa

Notapor yukio » 23 Ene 2010 11:59

Soy Vigilante de Seguridad y me gustaría puntualizar alguna cosa.
La palabra retención si mi memoria no me falla ya no existe en el Código Penal,o detienes o no detienes, para detener un VS tiene que ser en caso de delito,como bien se a dicho cualquier persona podria hacerlo pero un Vigilante estando de servicio tiene la obligacion legal de hacerlo.
En lo de multar yo hice hace años un servicio en la Patrulla de la Zona Franca en Barcelona, como auxiliares de los Cuerpos de Seguridad Del Estado nos dieron la potestad legal en ese servicio de multar en materia de ordenación de trafico y las multas llegaban, pero habría que ver en el caso que nos ocupa si esa potestad existe.
El DNI se puede pedir en los casos de identificacion del control de accesos en los que este el VS, y si tenían la potestad de multar pues por eso lo harían.
Es cierto que la mayoría de la gente no sabe lo que un Vigilante puede o no puede hacer.
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Re: vigilantes de seguridad-multa

Notapor To Dai » 23 Ene 2010 14:56

mark66 escribió:bueno pueden pedir que te identifiques pero como bien dices como lo puede hacer un vecino


Un vecino te puede pedir lo que le de la gana, pero de ahí a que tenga potestad para identificarte, va un trecho.

Un vigilante puede identificar en los siguientes casos:

1) En controles de acceso (art. 71.1.b. del Reglamento de Seguridad Privada), para verificar la identidad mediante la comprobación de la documentación de la persona que quiere acceder a un local o recinto.

2) En el interior del servicio que esté prestando (art. 76.1.b. del Reglamento de Seguridad Privada), mediante igual procedimiento. Es una prolongación del primer caso, pues es la forma de verificar que todo el personal allí presente ha accedido por el control de accesos y no lo ha evitado ilegítimamente.

3) En caso de delito (art. 151.5.b. del Reglamento de Seguridad Privada, "a sensu contrario").

4) En caso de falta cometida "in fraganti" (ex artículos 490 y 495 de la LECRIM). Si no se puede detener salvo en caso de que no haya identificación (domicilio y fianza bastante)

En los 4 casos puede negarse el ciudadano, y de ello se derivarían consecuencias dispares: en el primer caso, se le puede negar el acceso al recinto; en el segundo, podrían ser desalojados; y en el tercero y cuarto se esperaría a las FFCCS para su identificación y, en su caso, traslado a dependencias policiales

mark66 escribió:una de las pocas competencias es el de retener hasta que llege la autoridad competente , es mas eso lo puede hacer cualquier civil contra cualquiera que cometa un delito y le retengan
( cuidado no detener ) hasta la llegada de los ajentes .


Retener no existe jurídicamente. O estás detendio, o no lo estás.

La Sentencia del Tribunal Constitucional 98/1986, dispone:

"Debe considerarse como detención cualquier situación en que la persona se vea impedida u obstaculizada para autodeterminar, por obra de su voluntad, una conducta lícita, de suerte que la detención no es una decisión que se adopte en el curso de un procedimiento, sino una pura situación fáctica, sin que puedan encontrarse zonas intermedias entre detención y libertad."

Cualquier persona puede detener, pero sólo en ciertos casos, la diferencia es que el Vigilante tiene la capacidad imperativa y el ciudadano facultativa. Es decir, el Vigilante está obligado, el otro no.


mark66 escribió:los vigilantes ya lo dice el nombre tienen que vigilar y dar apoyo a la policia si llega el caso y poco mas , luego asi pasa que muchos por extra limitarse en las funciones tienen problemas .
ala un saludote :wink: .


Los vigilantes tienen que hacer muchas más cosas de las que dice su nombre, como es lógico, y no es "poco más"
Si tu experiencia ha sido mala y has visto que se extralimiten, lo lamento. En todos los colectivos hay buenos y malos profesionales.

Lo peligroso es cuando se generaliza o se habla sin saber.

No te preocupes Thai Warrior, no te llegará nada a casa.
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Re: vigilantes de seguridad-multa

Notapor thai warrior » 23 Ene 2010 23:11

Muchas gracias por tu explicación To Dai, creo que ha quedado clarísima. Yo estudio derecho y no tengo ni idea de tantas cosas jejeje.
En mi caso los VS fueron bastante agradables y estuve charlando con ellos un rato, ya que el recinto era una explanada donde había gente haciendo hasta hogueras...en fin,lo que tienen que aguantar....y nada, me dijeron que si no me identificaba, que tendrían que llamar a la policía, y en ese caso, la multa sería segura.
Ya ha pasado un mes y no ha pasado nada...esperemos que siga así.
Un saludo a todos y gracias por vuestras respuestas.
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