Defensa Callejera-2

Este foro trata exclusivamente de artes marciales (donde practicarlas, puntos fuertes de cada una, etc.)

Moderadores: moderador suplente, admin

Responder
Naranjito
Forero Iniciado
Forero Iniciado
Mensajes: 107
Registrado: 10 May 2012 21:56

Defensa Callejera-2

Mensaje por Naranjito » 01 Jun 2012 03:31

Defensa callejera




¿Evitar o confrontar la situación?




Segunda y última parte








Hacer frente a una situación de peligro real no es nada fácil y les aseguro que le pone los pelos de punta a más de uno, incluso a los que se digan “expertos” en artes marciales. ¿Por qué? Muchos de los practicamos artes de combate nos iniciamos con la idea de que aprenderíamos a defendernos o a pelear y que nadie nos pegaría, pero no es así ya que por desgracia muchas artes marciales se transformaron en disciplinas deportivas, muy alejadas de lo que realmente es la verdadera defensa personal. Sin embargo, no nos cansaremos de repetir que todas las disciplinas marciales son buenas (en su rama de entrenamiento) y merecen nuestro respeto, puesto que de las artes marciales tradicionales han surgido, o se les ha extraído conceptos, técnicas o conceptos filosóficos, para crear los sistemas híbridos o modernos para adaptarlos a los tiempos actuales o situaciones de peligro real, aunque muchos no quieran reconocerlo.








La mejor defensa








La gente siempre se pregunta cuál es la mejor técnica o defensa para enfrentar una pelea callejera. Evidentemente la mejor defensa es evitar a toda costa, y en la medida de lo posible, una confrontación contra una o varias personas. Es aplicar ¯cuando se pueda¯ “El arte de pelear sin pelear o ganar sin pelear”. Por desgracia no siempre se puede y no queda más remedio de hacer frente a la situación de peligro. Es una verdadera lástima que ahora la mayoría de las artes marciales se enseñen sólo con un concepto deportivo y su marcialidad se ha perdido en muchos estilos, es más ni siquiera se enseña a cómo controlar el miedo o por lo menos a estar alertas en todo momento. La adrenalina nos puede hacer que cometamos alguna locura si no sabemos cómo contralarnos, puede paralizarnos o llevarnos a realizar lo justamente correcto. De acuerdo con los expertos, la adrenalina es una hormona que puede causar pavor si es que no sabe cómo controlar el temor, ya sea para que nos defendamos o por no querer que nos lastimen. Defenderse, cuando no hay otra salida, es una decisión crucial que compete a cada uno, pero debe tenerse en cuenta el no poner en riesgo la vida de los demás, quienes podrían ser nuestros seres queridos. No existen secretos mágicos para esto, la determinación y decisión de actuar es una responsabilidad individual.








Ante todo esto surgen otros factores que no deberían pasarse por alto. Uno, es que muchos no confían en sus conocimientos o técnicas marciales al momento de ver la realidad de una confrontación en la calle y no actúan porque el miedo los paraliza y su cerebro los bloquea física y mentalmente, lo cual hace que resulten lastimados o algo peor. Sin embargo, incluso los que saben defenderse se encuentran con la interrogante de: “¿Me defiendo o no?”. Aquí surge otro tipo de miedo, pero éste es por las consecuencias legales que pudieran presentarse e ir a la cárcel de manera injusta por haberse defendido, ante el desconocimiento de cómo funciona la ley y también entra en juego los valores morales y éticos de la persona por no querer lastimar a su agresor, o porque el maleante al darse cuenta que su supuesta víctima sabe defenderse u opone resistencia, incremente sus ataques con más violencia y que ya no se conforme sólo con quitarle el dinero y se convierta en un animal que no siente nada y la vida de su “presa” y la de él mismo, le valga un comino.








Tipología del delincuente








Es difícil definir la clasificación de los delincuentes, ya que muchas veces está basada en una etiología y la conducta de un malhechor puede variar radicalmente según las circunstancias que esté viviendo y la personalidad que posea; por lo tanto, es erróneo estigmatizar a las personas (como suele hacerlo muchas veces la ley) solamente por el color de su cabello, piel, edad, apariencia física, vestimenta, modo de vivir, o sea, si es rico, de clase media alta, de clase media o de plano pobre. No obstante, podemos decir que hay varios tipos de delincuentes, pero son tres lo más comunes y la lista la encabezan los peleadores callejeros (la mayoría de las veces unos idiotas que sólo buscan causar problemas y que son unos frustrados de la vida y que les encanta demostrar lo que supuestamente valen pegándole a los demás). Esta clase de delincuentes suelen ser personas inseguras y por lo regular psicópatas, que usualmente andan en pandillas para cometer delitos y según ellos darse a respetar. Además de éstos, existe otro tipo de delincuente: el alcohólico. Por lo regular es una persona que con el alcohol se siente excitada para realizar ciertas locuras, como el robo, el acoso sexual o la intimidación. Su forma de ataque es la sorpresa y a veces es más un bravucón que un peleador. Este tipo de agresores, a pesar de que el alcohol les da valor, tienen ciertas desventajas debido a que no coordinan bien sus movimientos y pierden con facilidad el equilibrio, lo que ocasiona que sus golpes sean torpes y por ende tratan de atacar con la botella de licor que traen o cualquier otro objeto que esté a su alcance. Hay que estar siempre alerta y no confiarse por ningún motivo.








El tercer delincuente común es el drogadicto y es el más peligroso por los enervantes que consume. Con la droga estos tipos no entran en razón y se vuelven muy agresivos y son difíciles de controlar tanto por los civiles como para la policía, puesto que a veces no sienten los golpes y tal pareciera que esto los alienta a seguir peleando. Estamos hablando de un individuo que necesita de los narcóticos para realizar sus fechorías. Su agresividad es tanta que no miden las consecuencias si se sienten amenazados o si alguien trata de impedir que realicen sus maldades. Para contrarrestar un posible ataque del drogadicto hay que golpear en las zonas principales que pueden causarle un daño mayor: los ojos, la ingle, la garganta, los oídos, la nariz y las rodillas, aunque pegar en esta área requiere de mucha fuerza y de una buena técnica de pateo para derribarlo y correr. Tratar de intercambiar golpes a lo descarado contra un drogadicto sería una locura, porque ellos son muy mañosos, sucios y saben dónde causar daño, aunque usted no lo crea.








Riesgos de una pelea callejera








Toda riña en la calle puede tener consecuencias graves. Tomar la decisión de defenderse es un riego que no debemos tratar a la ligera, porque si decidimos defendernos no hay que olvidar que nos estamos protegiendo a nosotros mismos y que no podemos poner en riesgo la vida de algún familiar o amigo. Si asumimos la consecuencia y responsabilidad de utilizar nuestros conocimientos marciales, debemos hacerlo sin miramientos de forma rápida, contundente y con una actitud apropiada para salir ileso de un momento crítico.




Vivimos en un estado de derecho (al menos eso nos hacen creer), y por ende estamos sujetos a determinadas normas jurídicas.Que “la realización de algunas acciones que causen daño o perjuicio a una o varias personas debe traer como consecuencia una actuación de la autoridad, para imponer sanciones o utilización de diferentes medios para evitar que vuelva a suceder y para tratar o rehabilitar a quien cometió las acciones irregulares, buscándose siempre la disminución de las conductas antisociales y antijurídicas para un mejor vivir en sociedad”. Recordemos que nadie está por encima de la ley y que el desconocimiento de las leyes no justifica que no podamos ser procesados. Tampoco habitamos en un país que esté en guerra contra otra nación, y muchos de nosotros no somos ni militares ni policías para andar matando gente o hacer justicia por nuestra propia mano. Si alguien cree que al golpear, lesionar o matar a otra persona por defenderse está libre de culpa, pues está muy equivocado.








Legítima defensa








Defenderse es una cosa e ir más allá ya trae consecuencias mayores. Para entender esto hay que aclarar qué es en realidad la “defensa personal”.¿ Si me pegan y le pego está bien?, ¿si me atacan y corro es mejor?, ¿si me querían matar con un cuchillo y lo logró desarmar al maleante y con su misma arma lo hiero y posteriormente muere debido a la pérdida de sangre es legal, porque él trató de quitarme la vida?, ¿si por defender a mis seres queridos le fracturo la nariz o me ensaño con el agresor estoy en mi derecho por defender a mi familia? Éstas y otras interrogantes surgen cuando no sabemos cuáles son los efectos de una legítima defensa.








El reconocido jurista Fernando Castellanos Tena define a la legítima defensa como “la repulsa de una agresión antijurídica y actual o inminente por el atacante o por terceras personas contra el agresor, sin traspasar la medida necesaria para la protección.” El Código Penal Federal establece en su artículo 15, fracción IV lo siguiente: “Se repela una agresión real, actual o inminente, y sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende. Se presumirá como defensa legítima, salvo prueba en contrario, el hecho de causar daño a quien por cualquier medio trate de penetrar, sin derecho, al hogar del agente, al de su familia, a sus dependencias, o a los de cualquier persona que tenga la obligación de defender, al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos respecto de los que exista la misma obligación; o bien, lo encuentre en alguno de aquellos lugares en circunstancias tales que revelen la probabilidad de una agresión”.








Entonces, de acuerdo con las definiciones anteriores, podemos afirmar que para que se justifique un acto violento y haya una legítima defensa, la agresión debe ser real, es decir, ésta no debe ser hipotética o imaginaria y tiene que ser actual o inminente, presente o muy próxima. Por “actual” se entiende que está ocurriendo, y por “inminente” que es cercano o inmediato. De no ser así se podría considerar como venganza y esto es punible. Para que la ley justifique la legítima defensa deben existir ciertos elementos para su validez: la existencia de una agresión; un peligro de daño derivado de ésta; y una defensa, rechazo de la agresión o contraataque para repelerla. “Siempre y cuando la defensa se ejerza con la moderación que haga racional el medio empleado, con relación al ataque y a la calidad del bien defendido. La racionalidad de los medios empleados tiende a establecer el justo equilibrio, la debida proporción entre el acto agresivo y su repulsa, eliminando la posibilidad del exceso. Que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios y no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende", aclara Fernando Castellanos.








Si hubiera un exceso en la defensa ya no se consideraría como legítima defensa. Pongamos un ejemplo. El arte marcialista lo denominaremos “A” y al agresor “B”. Si “A” va caminando por la calle y de repente de la esquina sale un tipo armado con un palo (“B”) y amenaza con golpearlo si no le da el dinero, el reloj y el celular. Para no arriesgarse “A” le entrega lo que le pide, pero en eso “B” intenta pegarle con el palo y “A” logra esquivar y desarmar al pendenciero. Sin embargo, “A” en lugar de huir le propina una paliza a “B”, utilizando su arte marcial efectivo y haciendo uso del palo también, dejando inconsciente e herido a “B”. Aquí ya estamos hablando que “A” se excedió en el marco de su necesidad y su accionar fue más allá de lo permitido por la ley, y por tanto habría consecuencias legales que “A” tendría que asumir.








Es importante en estos tiempos saber defenderse bien y, asimismo, conocer qué dicen las leyes respecto a la legítima defensa. Por desagradable que se parezca algunas disciplinas que hace años eran llamadas artes marciales, hoy podemos decir que son meros deportes y esto ha propiciado que se pierda la esencia de la defensa personal, incluso en muchas academias de artes marciales ni siquiera se enseña la aplicación de los movimientos “marciales”., tan indispensables en esta época que estamos viviendo. Como dijimos anteriormente, la responsabilidad de aprender a defenderse es individual y si alguien quiere seguir practicando artes marciales como deporte está bien, y si los demás desean aprender a defenderse de verdad, es mejor y también está bien. Defenderse contra ataques a mano limpia quizá no sea tan difícil como tratar de defenderse contra una pistola o cuchillo, en este aspecto se necesita la guía de un experto que sepa lo que enseña y no de alguien que sólo dice algo, porque cierta persona se lo comentó o lo leyó por ahí sin contar realmente con la experiencia y capacidad para hacerlo.

Avatar de Usuario
ZADIK
Forero Adicto
Forero Adicto
Mensajes: 698
Registrado: 24 Nov 2006 13:31
Ubicación: GIRONA

Re: Defensa Callejera-2

Mensaje por ZADIK » 01 Jun 2012 15:29

No tengo tan claro el tema de la legítima defensa; ni en planteamiento ni en aplicación......creo que simplemente el que hiere más o de mayor gravedad al otro, es quien carga con las responsabilidades. Sea o no quién comenzó la agresión. Esto hace pensar que una vez llegado el momento de defenderse, mejor cuatro tortas bien dadas y a correr......pero entonces....si alguien te ha visto, hay denuncias o grabaciones y viene la ley a pedirte explicaciones; ¿no es un agravante? :-?

Avatar de Usuario
Squall19
Forero Iniciado
Forero Iniciado
Mensajes: 112
Registrado: 13 Jun 2011 20:42

Re: Defensa Callejera-2

Mensaje por Squall19 » 01 Jun 2012 17:40

Gracias por seguir con el hilo, la verdad es que este tema me interesa muchísimo.
Hablando de este tema, tengo una pregunta con la que siempre tuve dudas: Ante un caso de agresión en el que la víctima se defiende porque posee conocimientos marciales, en un juzgado ¿es cierto que el simple hecho de poseer conocimientos marciales o estar inscrito en una federación, puede constar en un juicio como arma blanca?
Otra situación: Un agresor resulta herido por la víctima (una fractura o algo grave). En un juzgado ¿se pueden tener siempre en cuenta los antecedentes delictivos de dicho agresor?
Porque en el apartado cuando A es agredido por B, lo de darle con el palo sería algo para poder escapar (un seguro), porque ya considero tener suerte en desarmarlo como para no darle un golpe y escapar corriendo. Ya que el tío, seguro que se levantará y después todo se medirá en quien de los dos es mejor corredor :lol:

Estas son las dudas que siempre he tenido. Está claro, como hablaron en el otro hilo: una cosa es defensa personal, y otra ensañamiento.
Pero lo de ensañamiento también hay que mirar la situación y lo que es necesario. Yo creo que si le quita el palo, los más apropiado sería darle con el para ganar más tiempo en huir.

Saludos.

Avatar de Usuario
Picias
Forero Vicioso
Forero Vicioso
Mensajes: 3863
Registrado: 10 Oct 2005 12:56
Ubicación: Madrid

Re: Defensa Callejera-2

Mensaje por Picias » 01 Jun 2012 19:59

Tios...

...No se repiten temas que te han cerrado y menos se "tripiten" :o .

Hay un apartado de FAQ's bastante bueno y la herramienta de busqueda te da hasta la posibilidad de hacer busqueda avanzada :infinity: Para no preguntar una y otra vez las mismas cosas.

Esta vez os lo digo asi sin mas y no pasa nada, a la proxima vengo con el remo.


:splat:

Avatar de Usuario
^^jusђo^^
Forero Activo
Forero Activo
Mensajes: 216
Registrado: 02 Abr 2011 23:45

Re: Defensa Callejera-2

Mensaje por ^^jusђo^^ » 01 Jun 2012 20:07

Tres hilos para el mismo tema 3 ! :bad-words: :sleeping:

Naranjito
Forero Iniciado
Forero Iniciado
Mensajes: 107
Registrado: 10 May 2012 21:56

Re: Defensa Callejera-2

Mensaje por Naranjito » 01 Jun 2012 23:48

Squall19 escribió:que siempre tuve dudas: Ante un caso de agresión en el que la víctima se defiende porque posee conocimientos marciales, en un juzgado ¿es cierto que el simple hecho de poseer conocimientos marciales o estar inscrito en una federación, puede constar en un juicio como arma blanca?
Otra situación: Un agresor resulta herido por la víctima (una fractura o algo grave). En un juzgado ¿se pueden tener siempre en cuenta los antecedentes delictivos de dicho agresor?
a la 1,como pone en el texto si tu sabes artes marciales y te ensañas con el agresor,puedes tener reprecusiones legales(aunque sea en defensa propia)

a la 2,normalmente tiraria a favor de la victima,pero si te ensañas tal vez te caiga una multa,o alguna cosilla....,si demuestras que lo hicistes por defensa propia y no te ensañas con el pues ganarias el juicio

Naranjito
Forero Iniciado
Forero Iniciado
Mensajes: 107
Registrado: 10 May 2012 21:56

Re: Defensa Callejera-2

Mensaje por Naranjito » 01 Jun 2012 23:49

^^jusђo^^ escribió:Tres hilos para el mismo tema 3 ! :bad-words: :sleeping:
aver....se me repitio un tema no se porque(lo hice sin darme cuenta)

Avatar de Usuario
cyberclon
Forero Vicioso
Forero Vicioso
Mensajes: 10718
Registrado: 03 Jun 2004 16:33
Ubicación: Vigo, Pontevedra
Contactar:

Re: Defensa Callejera-2

Mensaje por cyberclon » 02 Jun 2012 00:20

Squall19 escribió:Hablando de este tema, tengo una pregunta con la que siempre tuve dudas: Ante un caso de agresión en el que la víctima se defiende porque posee conocimientos marciales, en un juzgado ¿es cierto que el simple hecho de poseer conocimientos marciales o estar inscrito en una federación, puede constar en un juicio como arma blanca?
Creo recordar que es un mito desmentido varias veces en el foro.

Fausto
Forero Activo
Forero Activo
Mensajes: 273
Registrado: 05 Ago 2010 18:30

Re: Defensa Callejera-2

Mensaje por Fausto » 02 Jun 2012 10:04

Hablando de este tema, tengo una pregunta con la que siempre tuve dudas: Ante un caso de agresión en el que la víctima se defiende porque posee conocimientos marciales, en un juzgado ¿es cierto que el simple hecho de poseer conocimientos marciales o estar inscrito en una federación, puede constar en un juicio como arma blanca?
En base al código penal español yo diría que no, al menos nunca he tenido acceso a una sentencia en ese sentido (aunque puede que la haya).
Si sería posible aplicar la agravante genérica de abuso de superioridad si se cumplen varios requisitos, uno de los cuales sería "un importante desequilibrio de fuerzas de la parte agresora respecto al agredido". Puede ser aplicable a que un boxeador profesional agreda a una persona "normal". Pero es algo más complicado, faltarían otros requisitos y no es exclusivamente aplicable al conociemiento de AAMM o DC, se podría aplicar si un joven fuerte agrede a una persona de noventa años por ejemplo.
En todo caso tu dices "el simple hecho de poseer conocimientos marciales o estar inscrito en una federación" y en eso no es aplicable opino yo.
Un saludo.

Avatar de Usuario
^^jusђo^^
Forero Activo
Forero Activo
Mensajes: 216
Registrado: 02 Abr 2011 23:45

Re: Defensa Callejera-2

Mensaje por ^^jusђo^^ » 02 Jun 2012 19:18

Naranjito escribió:
^^jusђo^^ escribió:Tres hilos para el mismo tema 3 ! :bad-words: :sleeping:
aver....se me repitio un tema no se porque(lo hice sin darme cuenta)
Ok. Prosigan por favor

Avatar de Usuario
ZADIK
Forero Adicto
Forero Adicto
Mensajes: 698
Registrado: 24 Nov 2006 13:31
Ubicación: GIRONA

Re: Defensa Callejera-2

Mensaje por ZADIK » 04 Jun 2012 11:32

Por alusiones:

mi post solo es para preguntar si pegar a alguien para defenderte y no necesariamente lastimándole de gravedad; y después HUIR es un agravante, o se te puede acusar de algo, o no.
Antes de postear ya busqué en el buscador y repasé los posts antiguos para enterarme que no se suele tener en cuenta en un juicio a qué federación de boxeo, kárate o ajedrez esté afiliado nadie; más bien se tiene en cuenta EL INDICIO O SEGURIDAD de que has utilizado conocimientos marciales para hacer daño a terceros (si alguien lo declara en tu contra, por ejemplo). Lo que me parece una putada es que legalmente se la carga el que más daño hace al otro; sea uno víctima o agresor...ahora si me agreden tengo que andar con cuidado de defenderme flojito....no sea que tenga que hacer yo daño para poder escaparme de un tío que me saca tres palmos de altura.

Responder