efe escribió:Puede que en vuestro caso las denuncias no sean tratadas como violencia de genero al no haber relación afectiva entre el agresor y las victimas. Creo que si denunciáis tenéis que hacer mucho hincapié en el hecho de que pertenece a la comunidad y que son la mujeres de la comunidad las que sufren las agresiones. .
Correcto, este caso no es incardinable en un delito de violencia de género. Primero, es importante dejar clara una cosa: en nuestro Código Penal se recogen dos delitos distintos de violencia contra las mujeres, la violencia de género del art. 153 del Código Penal, y la violencia doméstica o en el ámbito familiar, del art. 173.2 de dicho Código. Lo digo porque muchas veces se tiende a confundir el término violencia de género con el de violencia doméstica, y no son idénticos. Aquí no estaríamos hablando ni de uno ni de otro supuesto.
Por lo tanto, el sexo de las víctimas no es relevante por sí, la denuncia de los hechos no iría a un Juzgado de Violencia contra la Mujer, sino a uno de Instrucción, pero adquiere relevancia si hacermos constar eí abuso de superioridad del agresor sobre las víctimas dada la desproporción de fuerzas entre uno y otras. Por eso hay que
recalcar el sexo y edad de las perjudicadas.
efe escribió:Loboestepario escribió:
...En nuestro sistema judicial, la declaración de un solo testigo en el juicio oral es prueba suficiente par,a una condena. No hay más que fijarse en los miles de hombres que son condenados todos los años por delitos de "género", sin más prueba que la declaración de la perjudicada....
¿La mera declaración de una persona conlleva la condena de otra? Entonces todo esto:
Loboestepario escribió:
... El Tribunal Supremo pide los siguientes requisitos para que la declaración de los testigos sea prueba suficiente para enervar la presunción de inocencia del imputado:
1) Ausencia de incredibilidad subjetiva derivada de las relaciones acusador-acusado que pudieran conducir a la deducción de la existencia de un móvil de resentimiento, enemistad, venganza, enfrentamiento, interés o de cualquier índole que prive a la declaración de la aptitud necesaria para generar certidumbre.
2) Verosimilitud, es decir, constatación de la concurrencia de corroboraciones periféricas de carácter objetivo que avalen lo que no es propiamente un testimonio –declaración de conocimiento prestada por una persona ajena al procedimiento- sino una declaración de parte, en cuanto que la víctima puede personarse como parte acusadora particular o perjudicada civilmente en el procedimiento.
3) Persistencia en la incriminación: ésta debe ser prolongada en el tiempo, plural, sin ambigüedades ni contradicciones, pues constituyendo la única prueba enfrentada a la negativa del acusado, la única posibilidad de evitar la indefensión de éste
es permitirle que cuestione eficazmente dicha declaración poniendo de relieve aquellas contradicciones que señalen su inveracidad.
...
¿No es cierto?
No he dicho que la
mera declaración de un testigo implique obligatoriamente la condena del imputado. He dicho que la declaración de un testigo, cumpliendo los requisitos pedidos por el TS que os he reseñado, y además -no lo puse en su momento porque es de cajón- si dicho testimonio convence al juez de que es verdadero, puede ser prueba suficiente para lograr la condena del imputado. Pero que una causa sea suficiente, no quiere decir que sea necesaria.
cyberclon escribió:Soy un tio sensato y al que le dan alergia los conflictos, sobre todo si son violentos, pero esto tiene un limite, y si mañana mi madre aparece con un ojo morado sabe dios..
Lo mejor que puedes hacer para que ese hipotético caso nunca ocurra, es adelantarte tú e ir dando pasos. Hoy en día nos machacan desde los medios con series, películas, noticias en que se ensalza la violencia y se vende como la solución de todos los conflictos el estallido emocional, el repartir tortas -o algo peor- a cascoporro, en detrimento de otras vías de solución de problemas, como la estrategia, la planificación, la inteligencia... Sabes igual que yo que en este mundo en que nos toca vivir la violencia crea más problemas de los que soluciona.
Además, recurrir a la violencia es entrar a jugar el juego del sociópata de tu vecino, que por lo que comentas es un desgraciado con su vida rota y sin nada ya que perder. Tú en cambio, eres una persona decente, con mucho que perder si le sigues la corriente.
Sangre fría, amigo, por mucho que cueste. Un abrazo.