Re: Nuevo invento A.E.A.M! Examenes de Cinturón Negro OPEN????
Publicado: 14 Feb 2010 12:29
Hola forer@s,
venga Sayanim, te lo voy a aclarar todo, porque veo que estás un poco perdidillo en estos temas:
Sayanim escribió:
Legislación vigente:
… SOBRE TITULACIONES:
Los objetivos de la ley deben de ser:
Garantizar la salud, la seguridad y el normal desarrollo requerido por la práctica de cada modalidad deportiva específica.
Evitar el intrusismo en el ámbito de la actividad físico deportivo y especial.
Las salidas profesionales de los colectivos afectados.
1. Titulaciones oficiales reguladas por el MEC:Enseñanzas superiores:
Doctor en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (RD 778/1998 del 30 de Abril).
Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (RD 1670/1993 del 24 de Septiembre).
Maestro Especialista en Educación Física (RD 144/1991).
Formación Profesional: Ciclos Formativos:
Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas (RD 2048/1995 del 22 de Diciembre).
Técnico en Conducción de Actividades físico Deportivas en el Medio Natural (RD 2049/1995 del 22 de Diciembre).
Enseñanza de Régimen Especial:
Técnico Deportivo Superior (RD 1913/1997 del 19 de Diciembre).
Técnico Deportivo (RD 1913/1997 del 19 de Diciembre).
Finalmente existen unas titulaciones no oficiales
que son los cursos impartidos por las administraciones públicas (INEM, Aytos., universidad..) como son los cursos (de Gestor Deportivo, Monitor Deportivo…) impartidos por las asociaciones sin ánimo de lucro como por ejemplo: Curso de Monitor de Educación Física. Y finalmente aquellos cursos impartidos por sociedades o entidades privadas.
Las conducentes a la equiparación de Técnicos Deportivos son OFICIALES y procedentes en exclusiva del C.S.D./ M.E.C. que exigen las "llamadas materias comunes" para el aspecto "formativo profesional". Las Federaciones Deportivas solamente tienen competencia en las "llamadas materias específicas": por ejemplo Judo, Kárate, Wu Shu (Tai Chi), Aikido, etc.
A MODO DE EJEMPLO:
INFORMACIÓN PARA LA ENSEÑANZA DEL TAI CHI CHUAN (Wushu Taiji Quan – Kung Fu, etc.)
… INFORMACIÓN DETALLADA SOBRE FORMACIÓN INICIAL DE TÉCNICOS DEPORTIVOS:
Cursos de técnico deportivo: El R.D. 1363/2007, de 24 de octubre, otorga a las enseñanzas de técnicos deportivos una consideración académica y profesional, configurándose como Enseñanzas de Régimen Especial. Esta norma establece un periodo transitorio hasta la implantación de las enseñanzas en cada una de las modalidades deportivas.
Dicho periodo transitorio está regulado en la actualidad por la Orden ECD 3310/2002, de 30 de diciembre, que establece las directrices para que la formación de los técnicos deportivos tenga un carácter homogéneo en todas las modalidades deportivas. De esta forma quienes realicen cursos de formación de técnico deportivo de acuerdo a esta Orden podrán obtener correspondencias formativas con módulos y áreas de los nuevos títulos encuadrados en las Enseñanzas de Régimen Especial.
Las enseñanzas de técnicos deportivos en el periodo transitorio están estructuradas en tres niveles y a su vez cada uno de los niveles se compone de:
Bloque común (C.S.D. / M.E.C.)
Bloque específico (FEDERACIONES DEPORTIVAS OFICIALES / C.S.D.)
Periodo de prácticas
El IND favorece la formación de técnicos deportivos en este ámbito mediante la impartición del bloque común de los cursos promovidos por las Federaciones deportivas españolas según el reglamento de las Comunidades Autónomas correspondientes.
venga Sayanim, te lo voy a aclarar todo, porque veo que estás un poco perdidillo en estos temas:
Sayanim escribió:
En primer lugar aclararte que las Leyes del Asociacionismo Deportivo y Cultural "NADA TIENEN QUE VER" con las Leyes del Deporte Nacional y tampoco pueden en "NINGÚN CASO" e insisto en lo de ningún caso equipararse a los Aprobados en las CORTES GENERALES para las Federaciones Nacionales Deportivas "legalmente inscritas en el Consejo Superior de Deportes Español" y avaladas en sus TITULACIONES DOCENTES por el Ministerio de Educación y Ciencia que además es parte en el proceso de la titulación y, en su nombre firma un "SECRETARIO DE ESTADO".En este pais toda titulación emitida por una asociación o federación de asociaciones debidamente registrada en el Ministerio de Interior es TAN OFICIAL como una emitida por una federación del CSD. Lo dice la Ley de Asociaciones.
Ambos tipos son organizaciones de ámbito privado solo que unas tienes la representación deportiva del Estado y otras no y las titulaciones que emiten son válidas únicamente dentro de sus respectivos aambitos estatutarios con lo cual y excepto que alguien quiera competir oficialmente o entrene un sistema que tenga competiciones deportivas oficiales ya me dirás la diferencia.....
La cula no es de los aprovechados (de unas y otras) sino de una legislación permisiva que facilita estas prácticas. A mi personalmente me parecen igual de aprovechados el Sr. Serrano y el Sr. Guerra cada uno en su chiringuito y dentro de su ámbito de actuación.
Legislación vigente:
… SOBRE TITULACIONES:
Los objetivos de la ley deben de ser:
Garantizar la salud, la seguridad y el normal desarrollo requerido por la práctica de cada modalidad deportiva específica.
Evitar el intrusismo en el ámbito de la actividad físico deportivo y especial.
Las salidas profesionales de los colectivos afectados.
1. Titulaciones oficiales reguladas por el MEC:Enseñanzas superiores:
Doctor en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (RD 778/1998 del 30 de Abril).
Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (RD 1670/1993 del 24 de Septiembre).
Maestro Especialista en Educación Física (RD 144/1991).
Formación Profesional: Ciclos Formativos:
Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas (RD 2048/1995 del 22 de Diciembre).
Técnico en Conducción de Actividades físico Deportivas en el Medio Natural (RD 2049/1995 del 22 de Diciembre).
Enseñanza de Régimen Especial:
Técnico Deportivo Superior (RD 1913/1997 del 19 de Diciembre).
Técnico Deportivo (RD 1913/1997 del 19 de Diciembre).
Finalmente existen unas titulaciones no oficiales
que son los cursos impartidos por las administraciones públicas (INEM, Aytos., universidad..) como son los cursos (de Gestor Deportivo, Monitor Deportivo…) impartidos por las asociaciones sin ánimo de lucro como por ejemplo: Curso de Monitor de Educación Física. Y finalmente aquellos cursos impartidos por sociedades o entidades privadas.
Las conducentes a la equiparación de Técnicos Deportivos son OFICIALES y procedentes en exclusiva del C.S.D./ M.E.C. que exigen las "llamadas materias comunes" para el aspecto "formativo profesional". Las Federaciones Deportivas solamente tienen competencia en las "llamadas materias específicas": por ejemplo Judo, Kárate, Wu Shu (Tai Chi), Aikido, etc.
A MODO DE EJEMPLO:
INFORMACIÓN PARA LA ENSEÑANZA DEL TAI CHI CHUAN (Wushu Taiji Quan – Kung Fu, etc.)
… INFORMACIÓN DETALLADA SOBRE FORMACIÓN INICIAL DE TÉCNICOS DEPORTIVOS:
Cursos de técnico deportivo: El R.D. 1363/2007, de 24 de octubre, otorga a las enseñanzas de técnicos deportivos una consideración académica y profesional, configurándose como Enseñanzas de Régimen Especial. Esta norma establece un periodo transitorio hasta la implantación de las enseñanzas en cada una de las modalidades deportivas.
Dicho periodo transitorio está regulado en la actualidad por la Orden ECD 3310/2002, de 30 de diciembre, que establece las directrices para que la formación de los técnicos deportivos tenga un carácter homogéneo en todas las modalidades deportivas. De esta forma quienes realicen cursos de formación de técnico deportivo de acuerdo a esta Orden podrán obtener correspondencias formativas con módulos y áreas de los nuevos títulos encuadrados en las Enseñanzas de Régimen Especial.
Las enseñanzas de técnicos deportivos en el periodo transitorio están estructuradas en tres niveles y a su vez cada uno de los niveles se compone de:
Bloque común (C.S.D. / M.E.C.)
Bloque específico (FEDERACIONES DEPORTIVAS OFICIALES / C.S.D.)
Periodo de prácticas
El IND favorece la formación de técnicos deportivos en este ámbito mediante la impartición del bloque común de los cursos promovidos por las Federaciones deportivas españolas según el reglamento de las Comunidades Autónomas correspondientes.