Matar en defensa propia.

En este foro se habla de defensa policial y militar (métodos, armamento, etc.), así como de los aspectos jurídicos implicados (legislación sobre agresiones, etc). Se evitará entrar en debates políticos, y se potenciará el debate técnico. Este NO es un foro de sucesos ni de política.

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Joni-cash
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Matar en defensa propia.

Mensaje por Joni-cash » 03 Feb 2006 11:00

- ¿ en que casos se puede matar en defensa própia o para defender a la família, amigos, etc. de algún agresor que lleve armas en la mano ? ¿ está penado por la ley o hay causas que se autorize a la gente a poder hacrlo ?

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Snake
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Mensaje por Snake » 03 Feb 2006 11:29

De momento, leete los articulos 20, 21 y 22 del codigo penal (si no recuerdo mal), segundo consultalo con un abogado (aqui hay al menos 2 confesos :D asi que esperamos sus aportes no solo profesionales sino desde el sentido comun) y por ultimo, ...... cuidadito con el rumbo que tome el post que ultimamente estamos todos un pelin "raros".

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Elesar
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Mensaje por Elesar » 05 Feb 2006 10:21

No soy abogado ni nada similar, pero tengo entendido (y espero que me corrijais) que nuestra defensa debe ser proporcional a la agresion percibida. y por supuesto no podemos actuar con ensañamiento ante un agresor que, pongamos, queria matarnos, y hemos conseguido reducirlo sin acabar con su vida. Una vez el peligro a pasado para nosotros, el motivo de la defensa desaparece, por lo que no puedo cebarme en el y hacerle un bonito sistema de refrigeracion interior con su propio cuchillo (por ejemplo), o vaciarle su cargador en su cuerpo para que no tenga balas...
Si tengo opcion de escapar deberia hacerlo, y siempre es mejor usar cualquier objeto del entorno que algo que llevase yo encima a proposito "por si me atacan"... o llevar encima un objeto no letal por definicion, aunque pueda serlo en mis manos (un boligrafo, un destornillador si soy lampista, etc).
En fin, creo que la clave esta en la proporcionalidad de la defensa, y en tener suficiente sangre fria para evaluar la situacion y decidir que hacer, y por supuesto huir siempre que sea posible.
Por favor, rebatidme y contradecidme, que asi es como se aprende.
Salu2

Solid_Snake
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Mensaje por Solid_Snake » 05 Feb 2006 13:05

Hola muy buenas. Tenemos que tener en cuenta dos cosas :

- Los eximentes : Son las causas reguladas en el artículo 20 del código penal que si son completas ( es decir, el juez estima que son causas suficientes como para impedir que alguien valla a prisión ) evitan ir a prisión e incluso impiden responsabilidad civil.

- Atenuantes : Pueden ser eximentes incompletas o bien los que contiene el artículo 21 del código penal.

No me voy a enrrollar mucho pues lo que interesa es sobre la defensa personal, así que me iré directo al 20.4 que es donde se regula y bueno, si necesitais o teneis curiosidad por mensaje privado os puedo atender perfectamente .

Dice : '' Están exentos de responsabilidad criminal el que obre en defensa de la persona ( de sí misma) o de derechos propios o ajenos ( es decir, se tolera incluso la defensa a un tercero como pudiera ser alguien en peligro o algún acompañante, incluso esto se podría llegar a convertir en deber pues a vista de un juez si no se cumple podría calificarse de omisión del deber de socorro )''. Ahora bien, debe haber unos requisitos para que esta defensa sea ''legal''.

1. Agresión ilegítima ( no podemos haber provocado al otro bajo ningún concepto, agresión ilegítima por ejemplo, vamos por la calle y viene el cabrón de turno a rajarnos o quitarnos la cartera ). En el caso de defender los bienes ( algo que tengamos ) se considera agresión ilegítima cuando atacan a los mismos y los ponga en grave peligro o deterioro o pérdida inminente ( nos intentan quemar el coche por ejemplo ). En el caso de la morada, cuando alguien entra indebidamente en ella.

2. Necesidad racional del medio empleado para resolverla. Aquí está la madre del cordero. En primer lugar, por un puñetazo no podemos darle un shuto al sujeto en cuestión y cargarnoslo. Tampoco para los jueces es racional que por un delito de robo de cartera, nos carguemos al tío. Tampoco porque nos insulten es motivo para cargárnoslo. Entonces, la cosa radica en lo siguiente como bien apuntaban, debe ser proporcional el medio. Si por ejemplo tenemos al tío inmovilizado o doblado por un mae geri que le hemos dado, no podemos proceder a hacerle un mata leao hasta que nos lo carguemos o por ejemplo, si le arrebatamos el cuchillo, no podemos despues pincharle. Todo lo que sea ''pasarse'' o excederse o en venganza se consideraría irracional según dice la jurisprudencia. Esto por tanto es muy subjetivo a criterio del juez y a criterio del fiscal. Todo depende de quien nos toque porque en este inciso hay un vacío legal. Destacar además el hecho de que como se demuestre que somos artistas marciales, se creen que somos bruce lee o algo así que podemos desarmar con una patada y se acabo, el sistema está muy equivocado en este tema tanto es así que, de ser profesionales o cinturón negro se puede considerar que somos un ''arma blanca''.

3. Falta de provocación al agresor.

Espero que os sirva de algo. Este es un tema muy abstracto. Si necesitais algo, os echo un cable encantado. Hasta la vista.

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UNO
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Re: Matar en defensa propia.

Mensaje por UNO » 07 Feb 2006 13:12

8)
Última edición por UNO el 10 Nov 2006 12:52, editado 1 vez en total.

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Mensaje por ArtistaMarcial » 13 Feb 2006 10:58

UNO escribió:
Joni-cash escribió:- ¿ en que casos se puede matar en defensa própia ..... ¿ está penado por la ley o hay causas que se autorize a la gente a poder hacrlo ?
No soy abogado pero resumiendo y tirando de sentido común:

Nunca.
Hombre, nunca nunca... Yo creo que para poder matar en defensa propia, tienes que tener un cuchillo clavado, no muy profundo para que no te mueras, pero lo suficiente para que se aguante solo, y por supuesto matarlo sin "cebarse" con el pobre "inocente". Dandose éstas condiciones, casi todos los jueces te dejarán en la calle.
:silly: :silly: :silly:

De todas formas, si cuando alguien te viene a matar te preocupas de que ser proporcional para no ir a la cárcel, llevas chungo salir vivo!!

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Snake
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Mensaje por Snake » 13 Feb 2006 13:40

Patente de corso, por Arturo Pérez-Reverte

Violencia proporcionada y otras murgas
En España, romperle la cara a un individuo que asalta tu casa a las tres de la madrugada puede buscarte la ruina


Quisiera saber a qué atenerme. Con los amigos que tengo en la madera y en Picolandia diciendo por lo bajini Dios te ampare, colega, no damos abasto y esto va a más, sería bueno que alguien me instruyera en los asuntos de legítima defensa, provocación suficiente y proporcionalidad en la violencia que una persona decente puede emplear en su propia casa contra los malos. Porque estoy confuso. Cuando pones tu vida, tu familia y tus propiedades en manos del Estado y te ves desamparado por éste –falta de ganas o falta de medios no cambian la situación–, el sentido común y el instinto de supervivencia aconsejan adoptar otras defensas razonables. Y ése es el problema: lo que las leyes españolas consideran razonable en legítima defensa doméstica tiene poco que ver con el sentido común. Tendría que ver, quizá, con ese mundo ideal, esa Europa responsable, ordenada y ciudadana que parecíamos a punto de conseguir. Pero eso ya no cuela, Manuela. Al corderito de Norit se lo zampan hoy al horno con absoluta impunidad. Y con patatas.

Así que me gustaría que alguien cualificado ilustrara mis dudas legítimo-defensivo-hogareñas. Si unos ladrones, por ejemplo, saltan a un jardín con intenciones dolosas y son atacados por el perro de la casa, ¿la indemnización que debe pagarles el propietario del perro incluye las lesiones por mordiscos o también la ropa rota en la refriega? ¿Debe esperar el perro a que los intrusos demuestren inequívocamente sus intenciones malvadas antes de hacerles pupita? ¿Da lo mismo a quién muerda el perro, o hay connotaciones xenófobas si en vez de un español o un ucraniano rubio la víctima es moro o colombiano? ¿Es agravante ladrar? ¿Será sacrificado el cánido por las autoridades competentes? En caso de que el perro despache al intruso, ¿deben ser indemnizados los parientes próximos de la víctima?

Como ven, el asunto no es baladí. Y eso que todavía estamos en el jardín. Pero imaginen que, con perro o sin él, los malos penetran en la casa. Ahí sí debemos hilar fino. ¿A partir de qué momento es legítimo defenderse? ¿Es adecuado sacudirle con un garrote a un fulano que entra en tu casa a las tres de la madrugada, o es preciso antes averiguar sus intenciones? ¿Y qué hacer cuando, tras preguntarle cortésmente, «Caballero, ¿qué intención lo trae por aquí?», el otro se hace el longuis? ¿Hay que esperar a que empiece a meter en un saco la colección de Tintín? ¿A que desenchufe el Deuvedé? ¿A que coja las llaves del coche? ¿Es atenuante para el intruso que la interpelación no se le haga en la lengua autonómica correspondiente?

Pero, en fin. Supongamos que la actitud del malevo es inequívoca. Eso, lejos de aclarar las cosas, plantea más problemas legales. De noche y dentro de la propia casa, ¿qué es provocación suficiente? ¿Basta con que los asaltantes amenacen a la familia de palabra, o hay que esperar a que te pongan una navaja en el cuello o una pistola en la cabeza? ¿Violar a las hijas, a la esposa o a la chacha ecuatoriana es provocación suficiente? ¿Basta con adivinar la intención, o hay que dar tiempo a que se consume el asunto? ¿Hay que esperar a que te maniaten o sodomicen para que la provocación sea suficiente y manifiesta?

Llegados a ese punto, por cierto, entramos en el resbaladizo terreno de la proporcionalidad en la respuesta. ¿Es proporcionado que el dueño de una casa, cuando le entran varios individuos armados o sin armas, intente cargarse a alguno, si puede? ¿A partir de qué momento, poseyendo una escopeta de caza o un fusco con papeles, puede liarse a tiros con los malos? ¿Debe esperar a que las intenciones de provocación sean manifiestas, como por ejemplo, a que lo inflen a hostias preguntándole dónde esconde la viruta? Si los malos llevan cuchillos, ¿debe renunciar al uso de la pistola, por aquello de la proporcionalidad, y utilizar sólo un cuchillo de cocina o el palo de la fregona? Si en una casa entran a robar diez albanokosovares veteranos de guerra, ¿a cuántos puede atacar a mordiscos el propietario si ninguno de los diez lleva armas? ¿Y si las llevan? ¿Debe esperar a que le disparen para disparar él? ¿Hace falta un tiro previo de advertencia al aire? ¿Si los mata a los diez y encima le da risa, se considera ensañamiento?

Dicho de otro modo: ¿Y si nos fuéramos todos a hacer puñetas?

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Mensaje por Chema » 14 Feb 2006 02:22

Según se colige del texto del señor Pérez-Reverte, ni siquiera renombrados escritores y académicos de la lengua se encuentran demasiado satisfechos con ciertos peculiares aspectos del panorama legal de este país... :bad-words: En fin, tal vez fuese menester que las instancias competentes reflexionasen un poco al respecto.

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Mensaje por Manolin » 15 Feb 2006 10:29

Mucha sangre fria hay q tener para "parar" a tiempo en una situación como la q habeis descrito. Pero estais en lo cierto, si se percibe ensañamiento estas jodido, aunq el tio hubiese intentado matarte previamente.

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Mensaje por shiryux » 15 Feb 2006 11:18

Todos los domingos leo la columna de opinión de Perez Reverte en el semanal y me hace reír muchísimo porque sabe usar el lenguaje de una manera muy peqculiar para expresar grander verdades.

Top Wan
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Re: Matar en defensa propia.

Mensaje por Top Wan » 16 Feb 2006 18:00

¿ en que casos se puede matar en defensa própia o para defender a la família, amigos, etc. de algún agresor que lleve armas en la mano ?


Legalmente, nunca. Pero recuerda; de la cárcel se sale, del cementerio NO.
¿ está penado por la ley o hay causas que se autorize a la gente a poder hacrlo ?
Las únicas causas que autorizan a la gente a matar son:

- tener mucha pasta

- caerle bien a alguien que tiene un cargo

- ser un Power Ranger

Joni-cash
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Grácias

Mensaje por Joni-cash » 19 Feb 2006 18:54

- grácias por todas las respuestas y explicaciones.
Solo era simple curiosidad; pues cada día se leen o escuchan notícias de violencia con armas de fuego o otro tipo de armas. Y algunos programas de televisión o algunos vidiojuegos que hay en el mercado no ayudan nada para solucionarlo.
Yó JAMAS HE LLEVADO UNA ARMA ENCIMA NI LA PIENSO LLEVAR; incluso la caza me pareze un "deporte" bastante injusto para los animales que són cazados, pues no se pueden defender en igualdad de condiciones (lo siento por si hay alguien que le guste la caza).

-Me a quedado bastante claro. perdonar esta curosidad de tan mal gusto que he tenido.

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terminator
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Mensaje por terminator » 19 Feb 2006 23:28

respecto a los vidiojuegos vioentos existen 2 teorias:
1-la primera dice que son malos ya que fomentan la violencia,y que son los responsables de algunas barbaridades(como cuando quemaron a una mendigo aqui en españa)
2-la segunda dice que no son tan malos,ya que permiten a uno deshaogarse y "liberarse de stres"(tiene gracia desahogese atropellando y asesinando gente en el san andreas)

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