HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

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Byulkunjik
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HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por Byulkunjik » 02 Mar 2014 15:10

Hola a tod@s :D
Os paso este escrito que circula por Facebook en estos momentos. EL RESTO DEL ESCRITO NO ES MÍO.

Alarma en el hapkido español

El presidente de la Federación Canaria de Taekwondo afirma, en escrito formal, que el Consejo Superior de Deportes le ha informado que el hapkido no está reconocido a efectos de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial porque no es una modalidad deportiva de competición

El también Vicepresidente de la Federación Española informa que no se publicará un plan formativo de hapkido que pueda regular sus enseñanzas en un futuro a efectos de homologación académica o equiparación con enseñanzas de formación profesional

Este nuevo escenario, argumentado por el mandatario canario, resulta un terrible golpe para el Departamento Nacional de Hapkido de la FET tras tantos esfuerzos desde su creación en 2007

El hapkido canario y español han recibido la peor noticia de su historia de manos del presidente de la Federación Canaria de Taekwondo, y vicepresidente de la Real Federación Española de Taekwondo, Octavio Ojeda. Así se desprende del escrito oficial, donde el máximo responsable de la Regional ha afirmado, que tras realizar una consulta formulada telefónicamente al Consejo Superior de Deportes, dicho organismo nacional, le ha informado de que el hapkido no está reconocido a efectos de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial debido a que no es una modalidad deportiva de competición por lo que no se publicará un plan formativo que pueda regular sus enseñanzas en un futuro a efectos de homologación académica o equiparación con enseñanzas de formación profesional.

El escrito del presidente isleño, redactado a fecha 20 de febrero, se ha producido como respuesta a la petición, dirigida al presidente, donde se le solicitaba la delegación de la organización de cursos gratuitos de técnico deportivo de nivel I II y III de periodo transitorio para los deportistas canarios de taekwondo y hapkido.

Este nuevo escenario, argumentado por el mandatario canario, resulta un terrible golpe para el Departamento Nacional de Hapkido de la FET tras tantos esfuerzos desde su creación en 2007. El estupor y la indignación no se han hecho esperar.

Estocada de muerte al hapkido de la Federación Española de Taekwondo

Tras las afirmaciones, mediante escrito formal, del presidente de la Federación Canaria, los practicantes canarios y españoles de hapkido han descubierto de manera sorpresiva que no tienen los mismos derechos que los afiliados de la modalidad de taekwondo, adscritos a la Real Federación Española de Taekwondo. Según indica Ojeda, no pueden optar a realizar cursos de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial ya que no son una modalidad deportiva de competición. De ser así, su futuro es claramente incierto, sobre todo cuando se apruebe la Ley de Regulación de las Profesiones del Deporte.

El responsable federativo aclara que no se publicará un plan formativo de hapkido, por lo que no podrán homologar o equiparar con enseñanzas de formación profesional, es decir que no tendrán acceso a títulos oficiales, como si tienen los practicantes del taekwondo español.

El vicepresidente de la Nacional siembra la desilusión

Ante estas manifestaciones, mediante escrito formal, del Vicepresidente de la Real Federación Española de Taekwondo, Octavio Ojeda, el Departamento de Hapkido de la Nacional queda en entredicho, ya que su labor de promoción desde su creación en 2007, queda empañada con estas afirmaciones de que el Consejo Superior de Deportes informa que el hapkido español no es una modalidad deportiva de competición.

El CSD: “el hapkido no es una modalidad deportiva de competición”

Si hay que confiar en las afirmaciones de Ojeda, resulta incomprensible que toda la labor de difusión, el número de clubes afiliados y deportistas federados, así como todos los torneos nacionales organizados por el hapkido español durante los últimos años no habrían resultado suficientes para lograr el reconocimiento del CSD como enseñanza deportiva de régimen especial, tal y como afirma el vicepresidente de la Española y presidente de la Canaria, durante más de 25 años.

2008, primer campeonato de España

Una duda queda en el aíre, si no es una modalidad deportiva de competición, qué significan y representan entonces todos esos campeonatos, medallas y trofeos acumulados por los deportistas del hapkido español.

Hay que recordar que el 11 de octubre de 2008, la Federación Española publicaba en la sección de noticias de su web oficial, el siguiente texto: “Por fin, se celebró el 1º Campeonato de España de Hapkido....¡¡ahora es una realidad¡¡ más de 10 años, luchando por conseguir la oficialidad y ahora ya tenemos el reconocimiento.” Desde entonces, el hapkido español ha seguido consolidándose y creciendo, o eso era lo que se creía hasta este momento en que han salido a la luz la información del Consejo Superior de Deportes que poseía Octavio Ojeda.

Tras muchos años de lucha y sacrificio del hapkido canario y español para obtener un reconocimiento oficial, todo puede quedarse en aguas de borrajas de ser ciertas las afirmaciones del vicepresidente isleño de la Española

La Española no ha informado todavía

Las dudas siembran la desconfianza entre clubes y deportistas que no entienden porque la Federación Española de Taekwondo no había proporcionado hasta ahora la información que facilita Octavio Ojeda en su escrito oficial.

Lo que no se logra comprender por parte de los taekwondistas es que si desde el pasado día 20 de febrero (fecha de redacción del escrito), el vicepresidente de la Nacional ya era conocedor de esta información, por qué no ha informado a todo el colectivo del hapkido canario y español. O por qué la Federación Española no ha hecho aún pública esta nueva realidad del hapkido, si la información ya la poseía el vicepresidente y miembro de la Asamblea Nacional de la Española, Ojeda.

Las dudas sobre todo lo concerniente a este tema están socavando la imagen de la Real Federación Española de Taekwondo que nunca ha informado sobre esta circunstancia del no reconocimiento por parte del CSD de este ámbito del hapkido federativo.

2011, curso de nivel I en Taekwondo de Canarias

Todo resulta cuanto menos confuso cuando se recuerda que en 2011, la Federación Canaria organizó un curso de técnico deportivo de nivel I de hapkido, que en teoría, fue avalado por la Dirección General de Deportes del Gobierno de Canarias. La controversia gira en torno al hecho de que cómo fue posible que se realizara ese curso, si el hapkido no estaba reconocido por el CSD a efectos de enseñanza deportiva de régimen especial. Cómo fue posible que la DGD autorizara dicha formación. Hay que señalar que los escasos participantes de aquel curso de 2011, siguen, a día de hoy, sin haber recibido certificado alguno que les acredite que realizaron dicha formación de periodo transitorio.

La Federación Andaluza, un ejemplo a seguir

La Federación Andaluza de Taekwondo destaca por muchas cuestiones y una de ellas es la formación de técnicos deportivos de taekwondo y hapkido. La pregunta es evidente, cómo es posible que una institución del calibre de la Federación Andaluza organice cursos de hapkido, si el presidente de la Canaria y vicepresidente de la Federación Española y miembro de la Asamblea Nacional, Octavio Ojeda, señala, en escrito oficial, que el hapkido no está reconocido por el Consejo Superior de Deportes a efectos de enseñanza deportiva de régimen especial por no ser una modalidad deportiva de competición.

En el citado escrito, Octavio Ojeda también señala que no se pueden realizar cursos de nivel III de taekwondo, porque no se encuentra publicado el plan formativo de dicho nivel III. Entonces, cómo se explica que la Federación Andaluza si organice cursos de técnico deportivo de nivel III de taekwondo. Todas estas contradicciones entre federaciones, vienen a sumarse a la controvertida gestión federativa de Ojeda durante 25 años.

Después de leer esto te animamos a que reflexiones sobre algunas cuestiones;

Teniendo en cuenta las afirmaciones incluidas en el escrito del Vicepresidente isleño,

¿Como es posible, que el Hapkido de la Real Federación Española de Taekwondo organice campeonatos de España desde 2008 y que sin embargo el Consejo Superior de Deportes le diga al presidente de la Canaria que el Hapkido no se reconoce como una modalidad deportiva de competición?

¿Como es posible, que siendo el presidente de la Canaria, conocedor de esta información del CSD no la haya hecho pública para el conocimiento de TODOS los deportistas de Canarias y además no haya convocado una reunión de urgencia para debatir este grave problema?

¿Cómo es posible que siendo, además, vicepresidente de la Real Federación Española de Taekwondo, y miembro de la Asamblea de la Nacional, LA Federación Española NO HAYA hecho pública esta información a TODOS los deportistas españoles y además no haya convocado una reunión de urgencia para debatir este grave problema?

¿Cómo es posible que el Departamento Nacional de Hapkido no estuviera al tanto de esta información del CSD y que el presidente de la Canaria no le preguntara sus dudas primero al Departamento Nacional?

¿Cómo es posible que la Federación Canaria hiciera, en 2011, un curso de nivel I de hapkido, supuestamente autorizado por la DGD, y que nadie se enterara de que el hapkido no está reconocido en ese aspecto? ¿y que aún no hayan diplomas de aquel curso de 2011?

¿Cómo es posible que la Federación Andaluza haga cursos de hapkido (si como dice el presidente canario no está reconocido por el CSD) y cursos de Nivel III de Taekwondo y el presidente de la Canaria diga que no se pueden hacer de Nivel III porque no existe publicado un plan formativo de nivel III de taekwondo?

Son muchas las incógnitas que resultan de la falta de transparencia informativa de los responsables federativos.

Aquí tienes un enlace de dropbox al escrito del presidente,

https://www.dropbox.com/s/2x4l917hh7djg ... idente.pdf

El interés de este enlace es general, así que no dudes en compartirlos con todos, a través de tus redes sociales (web, blog, facebook, twitter, etc).

Por nuestra parte, seguiremos informando, compartiendo y colgando la información sobre cualquier problemática que afecte al taekwondo y hapkido canario, y en particular aquellos documentos (normativas ministeriales y otro material) que han visto la luz a lo largo de estos 16 años de periodo transitorio de las Titulaciones Deportivas Oficiales.

Lo compartiremos todo, para que, aunque tarde, puedas al menos enterarte de cuál es la información que todos debemos conocer y nunca nos han contado oficialmente.

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por Byulkunjik » 02 Mar 2014 15:14

En relación al post anterior os comento que:
1-Los que seguís el post de normativa ya habreis comprobado que no hay programa de HKD publicado por el BOE. Ante esto ya se ha comentado el tema del periodo transitorio....
2-En la web del CSD no figura el programa formativo (BOE) del HKD por ningun lado. A diferencia de otros estilos "madre" y sus "hijos

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por Byulkunjik » 02 Mar 2014 17:39

Hola a tod@s :D

Después de reflexionar un rato, organizar mis ideas y como respuesta a los mails, whatapps y llamadas de gente relacionada con el HKD que saben que sigo este tema desde hace años, comparto con vosotr@s estos puntos, que más o menos he ido repitiendo a lo largo de los años, pero ahora hago añado algunas actualizaciones en vista a la normativa que se ha publicado:

*Puede que deduzcais que no explico o me interrogo sobre algunas "cosas que rechinan" en la relación HKD, FET y CSD...No es que no lo haya hecho. Es que, claramente, algunas de mis conclusiones (que son mías) no quiero explicarlas aquí. Todo lo que escribo está basado en mis conocimientos de la normativa, en llamadas al CSD y organismos competentes en el tema*

1- Estudiante de HKD
Si sólo aspiras a entrenar año tras año, tranquilo.
Si perteneces a la FET: cumples con sus normas y te examinan de HKD de la FET.
Si perteneces a la XXX: cumples con sus normas y te examinan de HKD de la XXX.

2- Estudiante de HKD que aspira a una titulación que especifique que “sabe” HKD (diplomas DAN)

Si perteneces a la FET: cumples con sus normas y no sé de que te examinarás o te has examinado porque hasta ahora cada territorial ha hecho lo que ha querido con el NI, NII y NIII. Aunque a tenor del escrito, los afectados tendrán que preguntar a la FET. Pero lo que vale es lo que diga el organismo competente de la CA.
Si perteneces a la XXX: cumples con sus normas y te examinas de los títulos que dicha organización tenga estipulados.

Tanto el estudiante de la FET como el de XXX tienen sus diplomas y sus títulos. Ambos, tienen el mismo valor ante sus respectivos organismos reguladores (FET y XXX).
De acuerdo, ya tengo los papeles que dicen que "sé" Hapkido y la autorización de mi organización. Siguiente paso...

3- Estudiante de HKD con título de su organización que especifica que “sabe” HKD y que quiere "impartir" clases
Espero que hasta ahora halláis seguido porque ahora es cuando se lía.

El quid viene cuando (por parte de algunas personas muy listas) se quiso igualar los antiguos títulos de monitor, instructor y maestro (no recuerdo ya si eran así) a los niveles NI, NII y NIII de educación y convertir al HKD en deporte, al igual que el TKD (en el fondo es un tema de licencias=dinero, las cosas claras).
Pero no sé si las personas listas se dieron cuenta que también tendrían que proporcionar unos papeles para poder impartir clases a sus futuros docentes...
Con el TKD no había problema (deporte olímpico, consolidado en el mundo del deporte, etc) pero y el HKD? Que según la Fed. Catalana de TKD és la suma de Taekyun, Kuk Sool Won y Syrum....(tela, telaaaaaaa)

Qué pasa? Vas al CSD y te pide unos requisitos (federación única, adscrita a organismo internacional, competiciones nacionales e internacionales, etc)
Otro tema es el programa de HKD que da para otro post. De momento ya tengo tres versiones diferentes con sus "requisitos" hasta 5º DAN.

Sigamos, por un lado el CSD parece que reconoce el HKD como asociado (en la web del CSD (http://www.csd.gob.es/csd/sociedad-ca/0 ... tivas/view) no aparece su programa formativo (BOE)) y por otro lado se empieza a examinar y a dar diplomas de DAN con el logo del CSD...y cada territorial organiza cursos de diversos niveles (NI, NII y no sé si alguna territorial llegó al NIII). No sé si existen diplomas de estos niveles o los están esperando. O si tienen el logo o no del CSD.

Entonces, cómo está la ley en este punto?
Con la ley del deporte y sus posteriores modificaciones, metieron (o lo intentan) a todas las AM y DC en el mismo saco que los deportes marciales olímpicos...

Dependiendo de cada comunidad autónoma hay, más o menos, normativa. Quizás me equivoque, pero de momento y desgraciadamente a mi entender, Catalunya se lleva la palma.

Bien, qué pasa?
Para poder impartir clases (ahora me olvido del título DAN que poseas) tienes que tener un papel de un organismo reconocido en tu CA que diga que “puedes”.

Qué pasa con las AM y DC?
Que hay muchos estilos y organismos. Pero reconocidos por la ADMINISTRACIÓN muy pocos. Son los BOE que he ido publicado periódicamente en la sección de normativa. Y no hay más, de momento. Están pendientes de publicarse un par más de AM.

Entonces, el estudiante que quiere impartir clases, qué papeles necesita?
- Los de su organización (“sé” HKD = grado DAN, que ya lo tienes) Y los de la administración (“puedo impartir”), que son:
3.1 -En deportes marciales de toda la vida (Judo, Karate, Taekwondo): los antiguos títulos te sirven (las personas listas y sus amigos ya los tienen). La futuros profes ya consiguen el título de Nivel.
3.2 -En "deportes marciales nuevos" (los que la CA reconoce), los siguientes:
-Habilitación administrativa por haber estado años enseñando (me parece que ya se cerró esta opción, al menos en Catalunya)
-INEF
-Magisterio deportivo
-Módulos superiores deportivos
-Certificados de profesionalidad deportivos
-Títulos propios de la CA, de ámbito territorial, de aquellas actividades no reguladas.
-Algunos otros no desarrollados
-Lo que te reconozca el organismo competente de tu CA

Qué pasará con la gente que tenga papeles NI, NI, NII de HKD de la FET? Ni idea. Pero si no hay BOE de HKD...
Qué pasará con la gente que no tenga papeles en un futuro? A estudiar meses y años conocimientos que no te serviran en tu práctica (tranquilo Héctor, no te pongas nervioso ) por sólo algunas que sí lo harán (anatomía, fisiología, etc).
O, a sacarse los títulos (QUE HOY POR HOY NO EXISTEN) que cada CA reconozca como válidos.

Por cierto que esto no sólo pasa en HKD. Hay otras AM y DC en las cuales pasa los mismo...Sólo hay que buscar en la web del CSD.

Y eso es TODO. De momento no hay nada más.
En fin, creo que no me dejo nada. Quizás algún error haya por desconocimiento o prisa al escribir este escrito. Corregirme en ese caso.
Perdonar por el ladrillo.
Adéu :D
Última edición por Byulkunjik el 03 Mar 2014 13:00, editado 3 veces en total.
Razón: Editado para clarificar dudas efectuadas al autor

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por junfanset » 03 Mar 2014 11:37

Un par de preguntas, la verdad que hace tiempo que no escribo, y leo los temas de pasada.
Esa ley de deporte ¿se tiene previsión de cuando se aprobara o cuando entrara en vigor?, y mi otra pregunta es y las asociaciones entonces tanto de hapkido, krav maga, etc.... ¿no podrán impartir mas clases si no las reconoce el consejo superior de deportes?, perdonad que todo esto me ha pillado de nuevo y no tenia idea. Un saludo y gracias.

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por Byulkunjik » 03 Mar 2014 11:48

Hola a tod@s :D
Junfanset dijo:
Esa ley de deporte ¿se tiene previsión de cuando se aprobara o cuando entrara en vigor?, y mi otra pregunta es y las asociaciones entonces tanto de hapkido, krav maga, etc.... ¿no podrán impartir mas clases si no las reconoce el consejo superior de deportes?, perdonad que todo esto me ha pillado de nuevo y no tenia idea. Un saludo y gracias.
La ley del deporte ya hace tiempo que esta publicada y en vigencia. Otra cosa es su aplicación al mundo real.

1- En Catalunya hay una moratoria respecto a la obligatoriedad de la titulación hasta el 01/01/2015.
2- mmm, yo no he dicho eso. Tu puedes impartir lo que consideres. Otra cosa es que existan los papeles correspondientes de "saber" y "poder" impartir. El tema del HKD ya lo he explicado porque es el que más conozco. El Krav maga no tiene publicado plan formativo en el BOE y me parece que no espera...

Adéu :D

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por Byulkunjik » 03 Mar 2014 11:54

Hola a tod@s :D
Respecto a las dudas que me están planteando sobre modalidad y disciplina asociada. Os dejo esta info del CSD:

MODALIDAD Y ESPECIALIDAD DEPORTIVA
Por modalidad deportiva entendemos el deporte reconocido por el Consejo Superior de Deportes, sin restar importancia a cualquier otra “actividad deportiva” que no esté reconocida como modalidad deportiva. Los interlocutores válidos en relación a dichas modalidades deportivas son las federaciones deportivas españolas, a su vez autorizadas por el Consejo Superior de Deportes, y que son 66 en la actualidad.
Asimismo, entendemos como especialidades deportivas, a las diferentes formas de practicar una modalidad deportiva.

En relación a la posibilidad de poder definir de una manera cerrada lo que es una modalidad deportiva, y cada modalidad deportiva reconocida en sí, la complejidad viene dada por múltiples factores, pero esencialmente se podrían apuntar dos. Por una parte, los estatutos y reglamentación de las federaciones no definen nunca la modalidad que representan, sólo la nombran, puesto que sus reglamentos técnicos establecen las reglas de juego, que limitan ese deporte y lo hacen diferente al resto. Por otra parte, hay que considerar que el deporte es movimiento, no se puede hacer una fotografía estática del mismo.


Y yo me pregunto, así a lo tonto:
¿El Hapkido (disciplina asociada) es una forma de practicar el Taekwondo (modalidad reconocida)?
¿Todas las disciplinas asociadas son formas de practicar las modalidades "madre"?
¿El CSD controla la existencia de diplomas de cusos de AM y DC emitidos, por federaciones y territoriales de algunas federaciones, con el logo del CSD, de especialidades sin BOE publicado?

Venga, a pensar y a investigar...

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por Telémaco » 03 Mar 2014 16:31

Aquí hay mucha información que no termino de entender, como no tengo ni idea de estas cosas me gustaría hacerte unas preguntas si no te importa:

Imagino que lo fundamental es distinguir entre las AAMM reconocidas "por el estado", por decirlo de alguna manera, y las disciplinas que no. Si no me equivoco el Kárate de la Federación española, el TKD y las de RFJYDA (Judo, Kendo, Wu-shu, Nihon Taijitsu) son las únicas que valen de cara a una oposición, ¿o hay más?. ¿Esto varía mucho en diferentes autonomías?.
Sería interesante hacer un listado de la que SÍ y de las que NO. Aquí no parece que vaya a haber muchas ambigüedades y sería una información muy útil de cara a cualquiera que cosulte en el foro o directamente por internet.

¿Hay que estar reconocido por el BOE para poder formar una Asociacion DEPORTIVA?, lo digo porque creo que la mayoría de los estilos se suele acoger a una asociación CULTURAL. O eso me parece, que como ves no estoy muy puesto.

Tampoco veo muy claro por qué el Hapkido de la FET "está tocado de muerte" por no estar reconocido por el BOE... de hecho la mayoría de AAMM no lo está. De verdad que hago esta apreciación sin segundas.

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por Byulkunjik » 03 Mar 2014 18:12

Hola Telémaco,
A ver si puedo ayudarte
Imagino que lo fundamental es distinguir entre las AAMM reconocidas "por el estado", por decirlo de alguna manera, y las disciplinas que no. Si no me equivoco el Kárate de la Federación española, el TKD y las de RFJYDA (Judo, Kendo, Wu-shu, Nihon Taijitsu) son las únicas que valen de cara a una oposición, ¿o hay más?. ¿Esto varía mucho en diferentes autonomías?.
Sería interesante hacer un listado de la que SÍ y de las que NO. Aquí no parece que vaya a haber muchas ambigüedades y sería una información muy útil de cara a cualquiera que cosulte en el foro o directamente por internet.

¿Hay que estar reconocido por el BOE para poder formar una Asociacion DEPORTIVA?, lo digo porque creo que la mayoría de los estilos se suele acoger a una asociación CULTURAL. O eso me parece, que como ves no estoy muy puesto

Tampoco veo muy claro por qué el Hapkido de la FET "está tocado de muerte" por no estar reconocido por el BOE... de hecho la mayoría de AAMM no lo está. De verdad que hago esta apreciación sin segundas..
1. El primer post no es mío. Está en facebook y ya empieza a verse en diarios digitales.
2. Lo que tu dices reconocido por el Estado, son las modalidades/disciplinas con programa formativo. Esto es a efecto de conseguir los papeles del "puedes impartir". Te recomiendo que mires el post de normativa y enlaces de AM y DC. Allí he puesto todos los planes formativos de AM y DC que existen a día de hoy. Las autonomías no reconocen planes formativos. Pero pueden reconocer algunos papeles del tipo "puedes impartir" según sus competencias.
3. El tema de mérito para opos depende de cada convocatoria que los vareme. Cada opo es un mundo en si mismo. Te recomiendo que mires las convocatorias previas para hacerte una idea...
4. El BOE o qualquier diario oficial no reconoce. Da valor jurídico a una resolución (u otros actos administrativos). Ejemplo y sin entrar al detalle: algunos actos/papeles de la administración, no tienen valor hasta que se publican en un diario oficial (BOE, DOGC, BOP, etc).
Para crear una Asoc. tienes que seguir los pasos que te marque tu CA o Adm. Estatal.
4. Lo de cultural o deportivo es elección de cada estilo. Pero luego hay que ser consecuente con lo pides y lo que recibes (papeles, subvenciones,etc)
No es de recibo ser cultural y pedir una subvención o un permiso de uso de un polideportivo para realizar un Campeonato de España de XXX (aunque luego sean 4 gimnasios...)
Adéu :)

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por Santi » 04 Mar 2014 01:21

Byulkunjik escribió:Con el TKD no había problema (deporte olímpico, consolidado en el mundo del deporte, etc) pero y el HKD? Que según la Fed. Catalana de TKD és la suma de Taekyun, Kuk Sool Won y Syrum....(tela, telaaaaaaa)
:lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: telitaaaaaaa

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por budda » 11 Mar 2014 15:43

Noticias de la Federación Española de Taekwondo - http://www.fetaekwondo.net/noticias.php?id=816

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por budda » 11 Mar 2014 15:50

Yo no se si el HKD tiene o no algun beneficio como departamento de la FET
yo trabajo con mi asociacion y lo que haga la FET u otras organizaciones la verdad
que me importa mas bien poco .
yo y nuestra asociacion practicamos y trabajamos con quien queremos y si la FET hace o deja hacer peor para ellos .
pero es cuestion de que sea una organización que consiga dar cierto conocimiento ( no prestigio )del Hapkido en españa .
saludos .

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por Byulkunjik » 11 Mar 2014 20:16

Gracias por la info budda.
Así pues toca que la gente de la FET siga esperando los futuros planes formativos.
Adéu.

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por souris » 11 Mar 2014 23:08

Buenas noches,
He estado leyendo la circular de la Federación Española de Taekwondo y hay una serie de cosas que me resultan incongruentes:

En primer lugar, afirman "En la actualidad se encuentra en trámite ante el Consejo Superior de Deportes el plan de Formación de Nivel III de Taekwondo y el plan de formación de los Niveles I, II y III de Hapkido. Evidentemente hasta su publicación, no podrá realizarse ninguna actividad de formación referida al Hapkido o de Nivel III de Taekwondo".
Si es así, ¿por qué hay un seminario de Hapkido el próximo domingo organizado por la Federación Madrileña de Taekwondo? En la circular de dicho seminario se habla de "titulación para monitor" y "homologación".

En segundo lugar, en mi opinión no se deduce del cuadro de la web del Consejo Superior de Deportes que se reconozca al Hapkido como un deporte de "competición".

Por último, se hace referencia en el comunicado a cursos de Monitor de Hapkido autorizados por organismos de la Junta de Andalucía y del Gobierno Canario. Eso no quiere decir que dichos cursos estén reconocidos por el Consejo Superior de Deportes porque éste es un órgano de ámbito estatal y los entes mencionados son autonómicos. Otra cosa es que el Consejo Superior de Deportes no haya llevado a los tribunales a los entes autonómicos. Pero su tolerancia no implica que sean conformes a Derecho.

En general veo afirmaciones que no se sustentan con los argumentos expuestos.

Saludos

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por budda » 12 Mar 2014 15:55

Hola Souris .
Yo hablo por mi y lo que me paso hace 3 años.
Di de alta un club de hapkido en la Federacion Madrileña de Taekwondo
page mi licencia , el alta de club y la colegiacion de maestro + licencias de alumnos .

al año siguiente reafiliacion , colegiacion + mi licencia y alumnos
curioso fue cuando quieren homologan y cuando quieren mas no .
si homolagasen el titulo de monitor seria 360€ que ya es una pasada
y te estan cobrando la colegiacion de maestro pero lo mas irrisorio es que quieran cobrar 700€ aprox por un curso de monitor q ni esta regulado y por otro lado quien te va a dar esa ponencia la cual llevas años impartiendo .

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Re: HAPKIDO DE LA FET | NOTICIA!!!!

Mensaje por budda » 12 Mar 2014 16:02

El tema de competiciones realmente se refiere a hacer exhibiciónes con musica .
seran bonitas ,espectaculares ect....
pero para mi no es una competicion.
para mi un torneo ( mejor q competicion) seria :
Combates:
Semi contac , laith contac . Fullcontac , kickboxing y tipo MMA
formas si las hubiese .
defensa personal
exhibiciónes
y por ultimo rompimientos .
saludos

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