¿Somos armas?

Este foro trata exclusivamente de artes marciales (donde practicarlas, puntos fuertes de cada una, etc.)

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kwondi
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¿Somos armas?

Mensaje por kwondi » 15 Dic 2002 20:58

Hola a todos....
Hace poco, apenas unos dias, hablando de las licencias de la federacion le comente a uno de mis compañeros si a nosotros, los practicantes de artes marciales, se nos considera arma ya que me lo han preguntado personas ajenas a este mundillo. El caso es que en la sala estabamos tres y no salio nada en claro; se dijo que a partir de cinto negro si eramos armas, tambien que desde el momento que te federas....
Podeis ayudarme? Se nos considera armas en algun momento?
Bueno... saludos a todos :roll:

Invitado

Mensaje por Invitado » 15 Dic 2002 21:15

DENTRO DEL CODIGO PENAL EXISTEN VARIOS APARTADOS REFERNTES AL TEMA:
SE NOS CONSIDERA "ARMAS BLANCAS", SIEMPRE Y CUANDO SE DEMUESTRE QUE TIENES CONOCIMIENTOS DE AUTODEFENSA, SI NO PUEDES ALEGAR "QUE LO VISTE EN UNA PELI DE CHINOS"

EL OTRO PUNTO ES LA LEY DE COMPENSACIOIN AL DAÑO, EN LA QUE HACE REFERENCIA AL TIPO DE ATAQUE Y LA RESPUESTA QUE SE LE DA.

LOS INSTRUCTORES CUALIFICADOS DE AAMM POLICIALES PUEDEN RESPONDER CATEGORICAMENTE. (ABSTENERSE FARSANTES, POR FAVOR)

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Selaine
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Mensaje por Selaine » 15 Dic 2002 22:11

Hasta donde yo se, una persona q practica judo es considerada arma blanca a partir de poseer el cinturon negro, y ante una agresion debes advertirle al agresor q posees ese gradoa antes de iniciar tu defensa, triste pero cierto, al final parece q la gente q solo quiere vivir en paz es la q mas problemas tiene para hacerlo de acuerdo con la ley

Un saludo
Selaine

Gatsu

Mensaje por Gatsu » 15 Dic 2002 22:46

Hola amigos:

Totalmente de acuerdo con el amigo invitado. Segun el codigo penal español se dice:

" [...] Si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, metodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, fisica o psiquica, del lesionado."

Bien, hagamos un pequeño analisis. Queda claro lo que se entiende por arma, objeto extraño al cuerpo que se usa para agredir.

El problema viene cuando se dice "medios, metodos o formas".A mi parecer no se considera "arma" a una persona con conocimientos marciales. En todo caso se castigaria a esa persona si emplease eso medios para agredir a otro sin que hubiere habido provocacion o que la defensa sea "concretamente peligrosa para la vida o la salud" (cosa que pasa tambien con la gente que no tiene conocimientos marciales), solo que al artista marcial, es posible, que se le aumentara la pena por el agravante de dichos conocimientos.

Como muy bien dice el invitado, lo mas importantes es mantener la proporcionalidad en la legitima defensa, pero nadie puede prohibirte que te defiendas con los conocimientos que posees. Claro, que si es una agresion en la que solo median puñetazos, y tu te cargas al agresor o le creas una tara fisica, claro que seras castigado, aunque alegues que lo hacias en legítima defensa. Te puedo contar mas de un caso en el que un artista marcial se ha defendido de un atraco, y le ha tocado pagar responsabilidad civil...

Lo que si te puedo decir es que los cinturones negros no tienen nada que ver en todo esto, es lo mismo que seas negro, marron, azul, etc, ya que lo que cuenta es la persona, no los grados, el codigo penal no entiende de eso.

Espero haberte ayudado un poquito, pero si tienes alguna duda, o necesitas alguna aclaracion, no dudes en preguntar.

Un saludo familia.

bobito

Mensaje por bobito » 15 Dic 2002 23:25

saludos.
YO también estoy interesado en el tema, pero nunca he llegado a una conclusión clara.
Lo que tengo entendido, con bastante certeza (no con total certeza) es que si pueden demostrar en el juicio que practicas artes marciales, se considera que portas arma blanca.
Por practicar artes marciales se entiende que estés federado o que seas profesional (como un boxeador, etc...)
No importa el grado o conocimiento que tengas. Lo que no sé es lo que hacen con alguien que haya estado federado hace tiempo pero no lo esté actualmente.
La amiga que estaba acabando derecho, que me explicó todo esto, me comentó que el procedimiento habitual era, que si el abogado del otro tiene indicios para pensar que tu practicas AAMM, pedirá datos a fed. de aamm sobre tí, o preguntará en los gimnasios de la zona o ciudad por tí, si estás apuntado a algo, etc...
Así que por lo que entendí yo, tampoco es tán fácil demostrar que alguien practica artes marciales de una forma clara, a menos que el agredido lo sepa a ciencia cierta (te conozca, o lo que sea)
Pero lo que si que me dejó flipado fué el hecho de que actualmente, en el código penal ya no se considera agravante el hecho de que te ataquen en grupo. Así, si te peleas con cuatro, sus agresiones cuentan como agresiones individuales, es decir, en teoría, el juez va a contrastar tu tamaño con el de cada uno de ellos por separado para ver si abusaste, o no. Así puede ocurrir que un grupo de niñatos te dé una paliza pero como son niñatos, se libren y les tengas que pagar encima, porque inividualmente, tu eres superior a cada uno de ellos por separado. De todas formas, la chica me comentó que aunque legalmente no sea agravante, muchos jueces si lo tienen en cuenta.
También tengo entendido que el punto clave para determinar la gravedad de un ataque a mano desnuda está en cuanto le duran sus lesiones, si requirieron curas en el hospital, o convaleciencia, y sobre todo, si le fracturas un hueso. La diferencia entre causarle unos simples hematomas, aunque el tio quede hecho un cristo, y romperle un diente (que se considera -de hecho lo es, XDD- un hueso), aunque no le hagas nada más, es abismal. Si le rompes un hueso si que vas de culo.
En fin, que la ley es una mierda, y en este país, pegarle a alguien sale muy barato.
SI alguna vez teneis un juicio, os recomiendo que os olvideis de la objetividad, la justicia, y la razón, y veais eso como un circo en el que cada uno tiene que vender su historia, no importa lo inverosimil que sea. mentid como cabrones para conseguir que os crean, etc...

Gatsu

Mensaje por Gatsu » 15 Dic 2002 23:30

Hola amigos:

Es que me he dejado una cosilla sin importancia en el tintero:

Va sobretodo dirigido al amigo selaine:

"Hasta donde yo se, una persona q practica judo es considerada arma blanca a partir de poseer el cinturon negro"

Hombre selaine, ¿no te parece ilogico que solamente a los praciticantes de judo se les considerase armas apartir del cinto negro? Analizalo, por que a un judoka se le podria considerar "arma" (con comillas, eh?) y a un practicante de otro arte no, por ejemplo a un practicante de ninjutsu que conoce golpes mucho mas peligrosos para la salud que las llaves que realiza un judoka (he dicho lo del ninjutsu porque se que es lo que practicas tu, solo por eso :wink: )

Pero de todas formas, repito, el legislador español no tiene ni idea de artes marciales. Es mas, en una ley que ahora mismo no recuerdo, se nombra al nunchaku como luchacos, en fin...

Un saludo familia.

manchego
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Mensaje por manchego » 16 Dic 2002 01:05

yo nunca he visto eso de que somos "armas blancas" para al codigo penal, no creo esa figura exista.

Mirad, agresor y defensor no se hallan en una posición de igualdad frente al ordenamieto juridico, el cual se inclina en favor del defesor, permitiendo lesionar al agresor en toda la medida en que resulte necesario para impedir que el injusto prevalezca sobre él.
no se para a ver quien es experto en AAMM, siempre que la agresion sea ilegitima y la defensa sea proporcional y actual (no vale perseguirle y pegarle despues).

nadie os va a buscar complicaciones ni a nivel federativo ni penal siempre que concurran esas circunstancias.
pero si os pasais en la respuesta a vuestro agresor (ensañamiento), el abogado de la otra parte si utilizara los conocimientos de AAMM como circunstancia agravante y desproporcional en los medios empleados para repeler la agresion. (parecido a utilizar un arma)

Varios consejos:

el mas importante, no peleeis, dejad a un lado el orgullo y no hagais caso a palabras como "que miras", o chocar con alguien y os diga "ten cuidado jilipollas", pasar de todo y pelear solo cuando debais defender vuestro fisico o el de alguien que creais necesario defender.

siempre que os peleeis y tengais indicios de que el otro va a poner denuncia, corred al servicio de urgencias y con el parte medico de lesiones (aunque sean escasas) poned vosotros otra denuncia, si puede ser antes que el otro y aportad todos los testigos que podais.

no dejeis marcas es la cara (si quedan cicatrices habra muchisimo dinero de por medio y la pena es mayor) la pena o la indemnizacion se tasa segun los dias que dure la lesion.

pegar con la mano abierta (siempre que sea posible), le atontareis mejor que con los puños, causareis menos daños en su cara y no os lesionareis los dedos.

Bueno otro dia me enrrollo mas, que ahora el sueño no me deja razonar jjejejje, un saludo a todos.

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Selaine
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Mensaje por Selaine » 16 Dic 2002 09:41

saludos en especial a gatsu, con lo de judo no me referia a q solo fuese en judo, sino q yo conozco el caso del judo, pq fue lo q le explicaron los responsables de la federacion de judo de españa a un compañero mio q se examino de primer dan y lo saco valga decirlo con creces

Cuando yo aprendo ninjutsu se de sobra q las tecnicas y golpes q ejecutamos son realmente peligrosas (por supuesto todo depende de como las ejecutes asi q no empecemos con el debate de los ninjas pq sobra) y primer hacemos al menos en mi gimnasio la tecnica base y luego la practicamos mas orientada a la realidad, buscando la maxima efectividad y a la vez el buscarnos los minimos problemas con la justicia.


Un compañero de entrenamiento de otro arte marcial me dijo una vez, si un dia tienes q defenderte y haces daño al otro, no dejes de ayudarle y de ver q sigue vivo, y de llamar a una ambulancia si es necesario, pero tu desaparece de alli antes de q llegue la policia a ser posible (una vez visto q esta bien) pq al final el navajazo q el te iba a dar lo pagaras tu.


Un saludo a todos

Selaine

Gatsu

Mensaje por Gatsu » 16 Dic 2002 11:50

Hola amigos:

Totalmente de acuerdo con el último párrafo de Selaine. Tomad buena nota.

Un saludo familia.

Man Bunny
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Mensaje por Man Bunny » 16 Dic 2002 12:08

Hola, me parece muy interesante todo lo expuesto pero, ¿alquien tiene idea de donde se hace mención en el código penal a esto de las AAMM?. Lo digo porque hablando por referencias yo por lo menos me quedo como estaba y si pudiéramos debatir el texto real de la ley sacaríamos bastant más en claro. Desgraciadamente no tengo ni idea de derecho y ni siquiera sé por donde empezar aunque hay algunos sitios en internet donde están muchas leyes pero hay que saber buscar.

Un saludo.

Gatsu

Mensaje por Gatsu » 16 Dic 2002 12:22

Hola amigos:

Amigo Man Bunny: El Código Penal español no hace referencia directa a las artes marciales, solo se hace referencia, como expuse en mi primer post, a armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.

Este texto, aparece en el Libro II, Título III, Articulos 147 a 156 "De las lesiones" del Código Penal.

Pero son muchos factores, además, a tener en cuenta como se ha expuesto por varios participantes en este foro, como pueda ser la proporcionalidad en la legítima defensa (defenderte en el momento en que se produce la agresión, ni antes ni despues y en igual medida a la agresion, para que nos entendamos, puño por puño, patada por patada, no valiendo luxacion o estrangulacion por puño), la omisión del deber de socorro (obligacion de proporcionar ayuda a alguien que la necesite), el ensañamiento (aumentar deliberada e inhumanamente el dolor del ofendio). Como ves, no es todo tan facil como parece en temas legales.

Un saludo familia.

Man Bunny
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Mensaje por Man Bunny » 16 Dic 2002 13:34

He encontrado esta página http://www.jhbayo.com/abogado/framecp.htm donde creo que está todo el código. Desde luego, la parte que mencionas está ahí. Por lo que yo leo, no se hace distinción de conocimientos de AAMM, sino de métodos, así que un golpe especialmente peligroso ejecutado de forma intencionada entraría dentro de los metodos especialmente peligrosos ya seas cinturón negro, blanco o lo hayas visto en una película.
Lo que no he visto es la clasificación de armas blancas, o la distinción de si un palo (por ejemplo) es igual a un cuchillo o no es considerada arma.
De la lectura del capítulo de lesiones, lo único que me queda claro es que las lesiones se juzgan por los parámetros de la agresión aunque supongo que luego en el juicio si eres cinturón X de nosecuantas AAMM, o has estado en la legión, o has sido portero de discoteca, o haces pesas, el abogado contrario intentará sacarle partido a lo que pueda.

Desde luego, lo mejor es lo que dice Selaine. Ante la duda desaparece.

Un saludo

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Mensaje por Selaine » 16 Dic 2002 15:55

estoy de acuerdo en parte con lo q acaba de decir man bunny, quizas la legislacion no ponga nada pero luego a la hora de demostrar si demuestran q tienes un cinturon negro en un arte marcial es prueba mas q sobrante para demostrar q puedes haber usado metodos peligrosos para su vida, q no quiere decir q los hayas usado, solo q puedes haberlo hecho.

Lo de q da igual q seas cinturon blanco amarillo o negro no lo veo tan facil, una persona con cinturon amarillo puede alegar q solo sabe lo q se enseña hasta ahi segun el examen, q en la mayoria de las artes marciales no es mucho mas q paradas, rodamientos, caidas, y quizas alguna luxacion muy suave o puñetazo o patada bastante normalita, con lo q no creo q le añadiesen agravante

Un saludo

Selaine

gatsu

Mensaje por gatsu » 17 Dic 2002 13:00

hola amigos:

Y pensad otra cosa. En el caso de que el abogado del agredido por nosotros pueda demostrar que somos cinturon negro de algun arte marcial (siempre y cuando no hayamos sido unos animales) podemos alegar que teniendo conocimientos sobrados para realizar un ataque serio contra la vida de la persona, solo hemos lanzado unos puñetazos y unas pataditas de nada.

¿Quien sabe? igual cuela y lo toman como atenuante.

Un saludo familia.

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