tanto los nunchacus como las katanas están prohibidas. además de estrellas,porras....etc
esta prohibido portar ninguna arma cortante de mas de 11 cm y si tiene menos y el policía decide que supone un peligro también te la pueden quitar y poner una multa como infracción
si el objeto cortante en cuestión tienen mas de 11 cm ya no es una infracción sino un delito y hay denuncia en el juzgado.
dichos objetos solo se pueden llavar en una bolsa de transporte y solo del gimnasio a tu casa y de tu casa al gimnasio.
a demás es importantísimo estar federado por si algún día te paran puedas demostrar que es para entrenamiento.
saludos
Cual me conviene ??
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Antonio Leyva
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Re: Cual me conviene ??
diego41465791 escribió:Te importa?Antonio Leyva escribió:diego41465791 escribió:Hola bueno como dice el titulo quisiera elegir un arte marcial, estoy entre estas
.Kenjutsu
.Iaijutsu
o
.Jojutsu
Cual me recomiendan me pueden dar espesificaciones de cada una ? saludos y muchas gracias.
¿Y para que quieres un Katana afilado, si aun no practicas ningún estilo, sistema o escuela que lo utilice?.
salu2.
Me importa "poco", al fin y al cabo, es TU SEGURIDAD y TU DINERO.
Si no sabes hacerlo (y no sabes), el Tameshigiri es peligroso, primero para ti, porque si el corte no es correcto, la hoja puede llegar a realizar trayectorias imprevistas y llegar a herirte.
Si no sabes como cortar correctamente (y no sabes), se puede doblar o incluso partir la hoja. La cual puede llegar incluso a herirte a ti o a otra persona.
Si no sabes (y es el caso), puede suceder que cuando te inicies en una escuela (tal y como deseas por tu post), te encuentres con que tu sable no es el idóneo para la escuela que has elegido.
Pero en fin, por encima de estas razones "lógicas", está el hecho de que me molesta ver como una persona sin el conocimiento preciso, se compra y usa como juguete algo que no lo es. Me molesta con el material deportivo, me molesta con los vehículos, me molesta con la tecnología y me molesta porque a mi me molesta el despilfarro. Pero vamos que esto último, son manías mías.
Última edición por Antonio Leyva el 29 Ene 2013 22:45, editado 1 vez en total.
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artenihonto
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Re: Cual me conviene ??
Me caigo muertoy si te gusta algo mas exótico o poco ortodoxo http://zombietools.net/tools/
En mi opinión se puede comprar perfectamente una katana sin la necesidad de practicar ningún estilo, bien sea por coleccionismo, deleite personal o cualquier otra motivción que cada cual tenga. Pero lo que es evidente y coincido de pleno con lo dicho, en que aventurarse a hacer tameshiguiri o cualquier ejecución técnica por cuenta propia sin tener una base de práctica con un arma afilada, es un tanto delicado.
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Shiro_Amakusa
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Re: Cual me conviene ??
Las hojas de más de X cm están prohibidas si, pero la katana puede ser considerada tanto arma, como herramienta de práctica como obras de arte-coleccionismo, por lo tanto , si te la pueden retener, pero ni quitar ni multar por llevarla siempre y cuando no hasgas ostentación pública ni alteres el órden ni la introduzcas en determinados lugares : ej: estadio de fútbol, discoteca, etc..En 2001 salió una resolución sobre todo esto en base a un juicio celebrado en Barcelona.
Los nunchaku y tonfa son otra historia, aunque sean para practicar kobudo de Okinawa, son armas prohibidas, y o tienes la federación y trayecto marcado por la autoridad pertinente de casa al dojo, o te la quitan para destruirla y encima te ponen una multa de 300-400€. Hay otars armas incluídas en el registro de armas prohibidas que también son susceptibles de esto último, pero vamos que es de lógica muchas veces...
Por otro lado, lo normal es que si quieres empezara practicar preguntes a tu profesor que usar, y lo normal es que te diga que empieces con madera, más tarde metal y más tarde afilado, sea el arma que sea..ahora..que frikazos hay por todos lados y te pueden decir que uses desde el primer día una katana afilada y que depures tu sharingan bañándote en agua fría mientras reunes fuerza vital para lanzar un ataque hittenmitsurugi-catapultainfernal
Los nunchaku y tonfa son otra historia, aunque sean para practicar kobudo de Okinawa, son armas prohibidas, y o tienes la federación y trayecto marcado por la autoridad pertinente de casa al dojo, o te la quitan para destruirla y encima te ponen una multa de 300-400€. Hay otars armas incluídas en el registro de armas prohibidas que también son susceptibles de esto último, pero vamos que es de lógica muchas veces...
Por otro lado, lo normal es que si quieres empezara practicar preguntes a tu profesor que usar, y lo normal es que te diga que empieces con madera, más tarde metal y más tarde afilado, sea el arma que sea..ahora..que frikazos hay por todos lados y te pueden decir que uses desde el primer día una katana afilada y que depures tu sharingan bañándote en agua fría mientras reunes fuerza vital para lanzar un ataque hittenmitsurugi-catapultainfernal
Re: Cual me conviene ??
popi escribió:tanto los nunchacus como las katanas están prohibidas. además de estrellas,porras....etc
esta prohibido portar ninguna arma cortante de mas de 11 cm y si tiene menos y el policía decide que supone un peligro también te la pueden quitar y poner una multa como infracción
si el objeto cortante en cuestión tienen mas de 11 cm ya no es una infracción sino un delito y hay denuncia en el juzgado.
dichos objetos solo se pueden llavar en una bolsa de transporte y solo del gimnasio a tu casa y de tu casa al gimnasio.
a demás es importantísimo estar federado por si algún día te paran puedas demostrar que es para entrenamiento.
saludos
Lo de los 11 cms va por navajas no automáticas, pero una katana no entra esctrictamente en esa clasificación.
el Tribunal Supremo, en un caso de "sable samurai", resolvió que un sable de esas características no es una arma ilegal, como si lo es una navaja automática o unos nunchakus.
Sentencia Tribunal Supremo Sala 2ª, S 22-1-2001, nº 74/2001, rec. 4327/1998, Fundament Juridico SEXTO: "Siendo así que las armas blancas radicalmente prohibidas en el art. 4 f) del Reglamento de Armas 137/1993 son "los bastones estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas" y que se consideran puñales "las armas blancas de hoja menor de 11 cms., de dos filos y puntiaguda", es manifiesto que el sable de 70 cms. de hoja que portaba el acusado no entra dentro del catálogo de armas prohibidas, por más que su tenencia como arma sujeta a determinadas restricciones (ver art. 5.3 RD 137/1993) pueda ser sancionada administrativamente si se incurre en infracción de este orden, pero en ningún caso su posesión puede considerarse delictiva al no pesar sobre ella una prohibición completa y absoluta"
lo que no se podria, en principio, por el artículo 146 del Reglamento de Armas, es "pasearlas" o exhibirlas en público, a excepción de exhibiciones, eventos deportivos, etc, como seria por ejemplo una exhibición de artes marciales.
Añadir un extracto de un artículo: "Así, como decíamos, lo entendió la STS 2ª de 22 enero 2001 , que consideró que un sable de samurai, ni se encontraba específicamente comprendido en el art. 4 RA , ni formaría parte de su indefinida fórmula final cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas, precisamente, por su palmaria e insubsanable falta de certeza. Así lo entendió también el TS respecto a una navaja de un solo filo y 12,5 cms. de hoja -STS 2ª de 21 diciembre 1998 y un machete de 40 cms. -STS 2ª de 28 octubre 1999."
