Publicado: 04 Ene 2007 19:44
Saludos.
Lo de averiguar que eres cinto negro lo veo dificil.Primero porque poco interes tendran,ya que como digo no tiene trascendencia que seas cinto negro.(salvo para el abuso de superioridad si eres el atacante) y si eres defensor lo que importa es la proporcionalidad y el resto de requisitos de la defensa propia.
En segundo lugar como van a averiguarlo? oficiando a las 5000 asociaciones federaciones organizaciones marciales,?......lo dudo.
Si esta en juego tu vida o integridad,puedes defenderte como puedas o sepas.
Si reaccionas a un insulto rompiendo el brazo a alguien,o algunas piezas dentales, prepara la cartera para indemnizar.
Bushi dijo:
Un saludo.
Si el procedimiento penal se dirije contra ti (eres imputado,procesado,encausado etc..),tienes derecho a no contestar e incluso mentir ( si eres testigo estas obligado a decir la verdad,si no te empuran).Yo tengo una duda: ¿No es posible que aunque mientas y digas que no eres cinturón negro, puedan averiguarlo? Gracias
Lo de averiguar que eres cinto negro lo veo dificil.Primero porque poco interes tendran,ya que como digo no tiene trascendencia que seas cinto negro.(salvo para el abuso de superioridad si eres el atacante) y si eres defensor lo que importa es la proporcionalidad y el resto de requisitos de la defensa propia.
En segundo lugar como van a averiguarlo? oficiando a las 5000 asociaciones federaciones organizaciones marciales,?......lo dudo.
Proporcionalidad en los bienes juridicos en cuestion.Que siempre que no le partas la columna para evitar que te quiten un periodico puedes alegar defensa propia
Si esta en juego tu vida o integridad,puedes defenderte como puedas o sepas.
Si reaccionas a un insulto rompiendo el brazo a alguien,o algunas piezas dentales, prepara la cartera para indemnizar.
Valor de bienes juridicos no equivale al valor de la cosa que te quieren quitar.No equipares la vida o integridad con bienes materiales de escaso valor.(puse la revista como ejemplo extremo)En definitiva, la proporcionalidad es igual al valor de lo que te quieren quitar ( si te quieren quitar un rolex le puedes dar fuerte, si te quieren quitar la revista cinturon negro le dices que cuando acabe te la pase)
Bushi dijo:
De donde has sacado ese codigo penal? lo que citas no existe. Mirale la fecha.Del CODIGO PENAL
Art. 34.- No son punibles:
1º. el que no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades, por alteraciones morbosas de las mismas o por su estado de inconsciencia, error o ignorancia de hecho no imputable, comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones.
En caso de enajenación, el tribunal podrá ordenar la reclusión del agente en un manicomio, del que no saldrá sino por resolución judicial, con audiencia del ministerio público y previo dictamen de peritos que declaren desaparecido el peligro de que el enfermo se dañe a sí mismo o a los demás.
En los demás casos en que se absolviere a un procesado por las causales del presente inciso, el tribunal ordenara la reclusión del mismo en un establecimiento adecuado hasta que se comprobase la desaparición de las condiciones que le hicieren peligroso;
Un saludo.