¿Real Federación Española de...?

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Hector
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Mensaje por Hector »

Una asociación puede ponerse el nombre que quiera (no es necesario que sea una asociación de asociaciones) en este caso real federación de... y ser registrada como tal en el registro de asociaciones del minierio del interior , comunidad autónoma o ayuntamiento
Me está faltando tiempo para consultar la ley pero por lo que recuerdo de la ley del deporte, la constitución de una Federación tiene unos requisitos y es lógico que en el MI sea así. No se puede poner el nombre de Federación si no reune los requisitos, en este caso de ser determinada cantidad de Asociaciones para formar esa "Federacion de Asociaciones". En cuanto a lo de "Real" creo recordar que era una condición que solo tenían ciertas Federaciones que también cumplian ciertos requisitos, por lo que eso de "Real" no es algo que se pueda poner por que si y me parece que en el MI no existe esa figura. Si no recuerdo mal las figuras son: federación, confederación y union de asociaciones y seguramente cada una tendrá relación con la implantación en el territorio de las Asociaciones que la formarán y estas deberán estar correctamente inscriptas previamente.
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Snake
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Mensaje por Snake »

Pues si, como dice Hector es necesario disponer de un poco de tiempo para ello.
Por si a alguien le interesa sobremanera el tema, la normativa estatal, (porque las autonomias tienen ademas otra normativa adiccional basada en los Estatutos de Autonomia, Leyes y Reales Decretos adiccionales) que regula a las asociaciones es la siguiente:

Resolución de la Comunidad Europea, de 13 de marzo de 1987, sobre las asociaciones sin fines de lucro (Diario Oficial de las Comunidades Europeas núm. C 99/205, de 13 de abril de 1987).

Convenio-Marco Europeo, sobre cooperación transfronteriza entre Comunidades o Autoridades territoriales, hecho en Madrid el 21 de mayo de 1980. Instrumento de Ratificación de 10 de julio de 1990 (BOE núm. 248, de 16 de octubre de 1990).

Código Penal (artículos 510 al 521).

Código Civil (artículos 28, 35 al 39 y 41).

Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE núm. 73, de 26 de marzo).

Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (BOE número 307, de 24 de diciembre de 2002).

Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones Juveniles (BOE núm. 102, de 28 de abril).

Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con los restantes registros de asociaciones (BOE núm. 306, de 23 de diciembre).

Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública (BOE núm. 11, de 13 de enero de 2004).

Respecto a las Federaciones, Confederaciones o Union de Asociaciones:
Para poder tramitar la inscripción de la constitución de una federación, confederación o unión de asociaciones, se requiere que las asociaciones promotoras estén constituidas e inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones o en los Registros Autónomos de Asociaciones con arreglo a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

Los documentos a presentar para la inscripción son:

Acta Fundacional de la federación, confederación o unión de asociaciones, en la que se hará constar, además del acuerdo de constitución y de aprobación de sus Estatutos, la denominación, números de inscripción y domicilio de cada una de las asociaciones fundadoras (tres al menos); nombre, apellidos, nacionalidad, domicilio y número de identificación fiscal de sus representantes y sus firmas; lugar y fecha de adopción del acuerdo de constitución. (El Acta se presentará por duplicado ejemplar y con firmas originales en los dos ejemplares). Asimismo se hará constar la identificación de las personas y entidades que integran los órganos provisionales de gobierno que representan a la federación, confederación o unión de asociaciones.

Copia de la documentación acreditativa de la identidad de los representantes de la entidad federativa.

De cada una de las asociaciones que se integren en la federación, confederación o unión de asociaciones se aportará certificación, expedida por las personas o cargos con facultad para certificar, justificativa del acuerdo adoptado para su integración y la designación de la persona o personas que represente a la entidad asociativa en el acto constitutivo de la entidad federativa, y se hará constar el número de inscripción en el registro correspondiente, denominación exacta y domicilio social. Habrá de acompañarse la documentación acreditativa de la identidad de los representantes.

Estatutos, forman parte del Acta Fundacional y deberán contener todos los extremos del artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, firmados por los representantes de todas las asociaciones fundadoras. (Los Estatutos se presentarán por duplicado ejemplar y con firmas originales en los dos ejemplares).

Tasas: debe acompañarse la hoja blanca del impreso de autoliquidación, validado por cualquier entidad bancaria, justificativo de haber abonado al Tesoro Público la tasa legalmente establecida.

Solicitud formulada por el representante de la entidad federativa en la que figuren los datos de identificación del solicitante (nombre, cargo que ostenta en la asociación o condición en la que actúa, número de identificación fiscal, domicilio, número de teléfono y firma), identificación de la entidad (denominación, domicilio, nombre de dominio o dirección de internet, número de identificación fiscal, si se hubiese obtenido), descripción de la documentación que se acompaña y petición que se formula.

La solicitud, junto con el resto de la documentación, deberá dirigirse a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior. Registro Nacional de Asociaciones. Calle Amador de los Ríos, 7.- 28010- Madrid. El Registro general de entrada de documentos del Ministerio se encuentra en la dirección indicada.
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Snake
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Mensaje por Snake »

Y contestando a la cuestion de Hector (que es de lo que se trataba) el Ministerio del Interior solo tiene reconocidas las siguientes Asociaciones, Federaciones, ... que contengan en su denominacion Shaolin

ASOCIACION ESPAÑOLA DE SHAOLIN KUNG FU DEL TEMPLO DE LAS MONTAÑAS DE SONGSHAN PROVINCIA DE HENAN CHINA CHINA HENAN
SONGHAN SHAOLIN TEMPLE KUNG FU BRANCH S.K.S.A. REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES
ASOCIACION ESPAÑOLA DE SHAOLIN WU SHU REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES
ASOCIACION SHAOLIN FUERZA INTERNA UN DEDO ZEN REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES
ASOCIACION SHAOLIN MON PARA EL DESARROLLO Y PERFECCIONAMIENTO DE LAS ARTES MARCIALES REGISTRO DE ASOCIACIONES DE VIZCAYA
ASSOCIACIO CULTURAL SHAOLIN WAHNAM CHIKUNG REGISTRO DE ASOCIACIONES DE BARCELONA
ORGANIZACION INTERNACIONAL SHAOLING REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES

Que contengan Wu Shu:

ASOCIACION AMIGOS DE LA CULTURA CHINA Y ESTUDIO DEL WU SHU REGISTRO DE ASOCIACIONES DE SEVILLA
ASOCIACION ESPAÑOLA DE SHAOLIN WU SHU REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES
ASOCIACION FEDERACION NAVARRA DE WU SHU KUNG FU TAI CHI Y CHI KUNG REGISTRO DE ASOCIACIONES DE NAVARRA
ASOCIACION RIOJANA DE WU SHU REGISTRO DE ASOCIACIONES DE LA RIOJA
CLUB DE WU SHU TRINITAT VELLA REGISTRO DE ASOCIACIONES DE BARCELONA
FEDERACION ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE KUNG FU WU SHU TAI CHI Y QIGONG REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES
VALENCIANA DE KUNG-FU WU SHU REGISTRO DE ASOCIACIONES DE VALENCIA


¿¿¿¿ Alguna labor mas de investigación ????? :D (Es que de mayor, .... de mas mayor se entiende :wink: , quiero ser como la Mila) :silly:
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Joe Snake, como te lo curras.
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spidermoon
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Mensaje por spidermoon »

Joder Snake. ¿Aun no te han llamado los de CSI para que investigues con ellos?. Bromas a parte, una excelente labor la tuya. Gracias por molestarte en buscar la información. :D
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Snake
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Mensaje por Snake »

spidermoon escribió:Joder Snake. ¿Aun no te han llamado los de CSI para que investigues con ellos?.

Si yo te contara, ........... :D :D :D :D

Bromas a parte, una excelente labor la tuya. Gracias por molestarte en buscar la información. :D

No hay de que, pero ha sido muy facil, (si todo fuese asi de facil siempre, ......... )
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Hector
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Mensaje por Hector »

Perdón por no agradecertelo antes Snake pero llevo unos dias en Argentina en viaje para nada deseado :cry: y este es un momento de distracción... entonces sigue sin aparecer esta Real Federación (tampoco claramente de KF o WS) que tampoco existe en el CSD.

Parece que solo queda entrar al foro de este señor a preguntarle de qué monarquía hablamos... pero ya veré si lo hago otro día, hoy me apetecería un poco de lucha o guantes o...
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