curso oficial de defensa personal policial en cordoba

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antonioromu
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curso oficial de defensa personal policial en cordoba

Mensaje por antonioromu »

Hola compañeros, perteneco a las fuerzas y cuerpos de seguidad del estado y quisiera informaros que el proximo dia 25 de Junio de 2005 se va ha celebrar en CORDOBA un curso oficial de defensa personal policial.

Digo oficial porque esta reconocido por la Federacion Española de Luchas Olimpicas y Disciplinas Asociadas y avalado por el Consejo Superior de Deportes, que son los unicos que en esta materia pueden dar titulacion oficial.

NADA DE ASOCIACIONES O FEDERACIONES AUTONOMICAS

Se entregara diploma oficial de asistencia

Hay 15 plazas limitadas.

Los interesados llamadme al 647.885.770 o al e-mail antonioromu@hotmail.com,

De igual manera si teneis dudas sobre trabajo, medios que se pueden portar por el vigilante etc, no dudeis en preguntar.


AHH, sabiais que pronto la defensa personal policial va a ser de obligada practica para los militares?

quereis saber porque? preguntenlo
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Snake
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Re: curso oficial de defensa personal policial en cordoba

Mensaje por Snake »

antonioromu escribió: De igual manera si teneis dudas sobre trabajo, medios que se pueden portar por el vigilante etc, no dudeis en preguntar.

Hasta donde yo se, los medios que el vigilante puede portar son la defensa reglamentaria de color negro, de goma semirrígida, forrada de cuero, y de 50 centímetros de longitud; y los grilletes que serán de los denominados de manilla.
Para poder prestar servicios con armas, los vigilantes de seguridad habrán de obtener licencia C en la forma prevenida en el Reglamento de Armas. Dicha licencia tendrá validez exclusivamente para la prestación del servicio de seguridad, en los supuestos determinados en el aludido Reglamento de Seguridad Privada. Carecerá de validez cuando su titular no se encuentre realizando servicios; podrá ser suspendida temporalmente por falta de realización o por resultado negativo de los ejercicios de tiro regulados en el Reglamento de Seguridad Privada; y quedará sin efecto al cesar aquél en el desempeño del puesto en razón del cual le hubiera sido concedida, cualquiera que fuera la causa del cese.
El arma reglamentaria de los vigilantes de seguridad, en los servicios que hayan de prestarse con armas, será el revólver calibre 38 especial de cuatro pulgadas.
Cuando esté dispuesto el uso de armas largas, utilizarán la escopeta de repetición del calibre 12/70, con cartuchos de 12 postas comprendidos en un taco contenedor.
Cuando en el servicio a prestar por los Vigilantes de Seguridad, concurran circunstancias extraordinarias que impidan o desaconsejen el uso de estas armas, podrá utilizarse el arma larga rayada de repetición, concebida para usar con cartuchería metálica apta para su utilización con arma corta, de calibre 6'35 , 7'65, 9 mm. corto, 9 mm. parabellum ó 9 mm. largo, previa autorización de la Dirección General de la Guardia Civil, que resolverá teniendo en cuenta el informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, y valorando las circunstancias concurrentes.
Los vigilantes de seguridad portarán la defensa reglamentaria en la prestación de su servicio, salvo cuando se trate de la protección del transporte y distribución de monedas y billetes, títulos-valores, objetos valiosos o peligrosos y explosivos.
Previa solicitud, el Comisario General de Seguridad Ciudadana, podrá autorizar la sustitución de la defensa por otras armas defensivas, siempre que se ajusten a lo prevenido en el Reglamento de Armas.
Las funciones de los vigilantes de seguridad únicamente podrán ser desarrolladas vistiendo el uniforme y ostentando el distintivo del cargo que sean preceptivos, los cuales no podrán confundirse con los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Los vigilantes no podrán vestir el uniforme ni hacer uso de sus distintivos fuera de las horas y lugares del servicio y de los ejercicios de tiro.

Y a no ser que haya cambiado la ley (no estoy muy al tanto ultimamente) o que alguna comunidad autónoma tenga competencias para ello, o la División de Seguridad Privada de la DGP ha autorizado algo más, es así como pueden ir "uniformados y armados" los V.S. ¿no?
Si hay algo más haznoslo saber.




AHH, sabiais que pronto la defensa personal policial va a ser de obligada practica para los militares?
¿Obligada?, pues no, yo no lo sabia.

quereis saber porque?
Si
preguntenlo
¿por que?
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DAMARPO
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Mensaje por DAMARPO »

Y luego dice el abuelo que le falla la pelota.....
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