xerko escribió:si tu sales por 2 por el carril exterior el se tiene que cruzar tu carril exterior para salir por 3 y existiria un momento tension como el vivido por Loup y su acompañante.
Existe ese momento de tension porque el que circula por dentro no sale de la rotonda correctamente, la norma aconseja que si se va a girar 270 o 360, se haga por el carril interior, y a falta de un cuarto de rotonda para salirse, colocarse en el carril exterior, cediendo el paso a los que circulan por este, y en caso de no poder colocarse en dicho carril por estar ocupado, dar una vuelta mas.
Ese momento de tension lo conozco, ya lo he vivido varias veces, da la impresion de que yo me estoy saltando el ceda el paso, pero no es asi, me cruzo en su camino una vez estoy dentro y circulando en la rotonda. OJO yo lo hago, pero levanto el pie si veo que el otro se va a meter, no me gustaria tener un golpe en un caso asi, es algo muy ambiguo y los seguros seguro que se hechan para atras y cada uno paga lo suyo. Yo me coloco en el carril exterior, y giro en la rotonda, si el que viene por dentro no se da cuenta y se mete igual freno, pero si se da cuenta y afloja, yo sigo por mi carril, y que se quede alli pitando. Poco a poco la gente se ira dando cuenta que desde el interior de la rotonda NO se tiene preferencia para salir.
"El artículo 14 de la citada Ley hace referencia a la utilización de carriles en vías, dentro de poblado, con varios carriles para un mismo sentido. Se indica que se podrá utilizar "el que mejor convenga" a su destino, pero no deberá abandonarse más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, etc. Como es ampliamente conocido, este artículo indica que, de manera general, aún cuando existan varios carriles, se deberá circular por el de la derecha, salvo para realizar ciertas maniobras."
"Si, por el contrario, pretendemos realizar un giro a la izquierda o un cambio de sentido, deberíamos situarnos en el carril de la izquierda de la vía de acceso a la rotonda y circular por el carril interior de la misma, para posteriormente abandonarlo y pasar al carril exterior, un poco antes de la salida que pretendamos tomar. Lógicamente, todas estas maniobras de cambio de carril se deben realizar con la previa señal luminosa y respetando la preferencia de paso de los vehículos que se hallen circulando por el carril de la derecha.
Es importante recordar que, cuando se está circulando dentro de la rotonda y pretendamos efectuar un cambio de carril para abandonarla, no tenemos ninguna preferencia, pues se aplica el artículo 28, apartado 2, citado anteriormente. "
"Si, por las circunstancias del tráfico, no pudiésemos pasar del carril interior al exterior para abandonar la rotonda, deberemos seguir dando vueltas hasta que el tráfico nos permita realizar la maniobra con seguridad y sin entorpecer la circulación."
Un Saludo