Duda sobre validez de titulaciones.
Moderadores: moderador suplente, admin
Duda sobre validez de titulaciones.
Hola a todos. Antes de nada, excusarme, porque creo que este tema ya se ha tratado, de refilón por lo que he visto (perdonadme, pero llevo poco tiempo en el foro, tanto como posteador como de lector anónimo, pero me he leido bastantes temas, y de lo que he visto, me han quedado dudas), pero no he podido sacar una idea en claro.
Hay gran cantidad de asociaciones y federaciones de AAMM y DC no adscritas al CSD que expiden documentación y titulaciones al igual que otras que si lo están. No lo comparto, aunque no veo nada malo en ello, no creo que haya engaño siempre y cuando estas titulaciones/homologaciones/documentaciones sean validas única y exclusivamente dentro del marco federativo/asociativo de la propia organización. De este modo no hay lugar a engaños ni a malinterpretaciones, aunque si creo que esto debería puntualizarse.
Entiendo que no hay porque monopolizar las artes marciales, aunque tampoco creo que sea buena la disgregación que sufren algunos estilos y disciplinas, ya que literalmente puedes comprar un cinturón negro, lo cual le quita el valor que tiene, degradándolo a un simple trozo de tela que se compra sin ningún tipo de esfuerzo ni entrenamiento previo.
Estas organizaciones, argumentan (no lo digo con ningún tipo de sarcasmo) que están reconocidas por el ministerio del interior (al igual que cualquier asociación cultural, club deportivo... que se cree, independientemente de su naturaleza, si el fundador/presidente de esta lo desea, ya que se trata de un registro nacional), de lo cual, no cabe ninguna duda de que es cierto. Lo veo perfecto, ya que teoricamente, el CSD "sólo" es una organización que reconocería las actividades en las que existe una competición deportiva (espero no equivocarme, aunque si alguno tiene que corregirme, le pido que lo haga)
Ahora viene mi duda y mi interpretación, si alguien ve que me equivoco, o que me desvio del tema, por favor, que me corrija.
Entiendo, o mejor dicho, interpreto, que cualquiera que se junte con dos personas (para crear una asociación de cualquier índole, hacen falta tres personas) puede crear una asociación de un arte marcial y autogaduarse con la titulación que quiera, al igual que puede cobrar (aunque se supone que el movimiento asociativo es sin animo de lucro) por examinar a quien quiera del cinturón que quiera.
Observo que mucha gente se suma a este movimiento, con lo que creo que se perjudica la imagen de las AAMM y DC, ya que cada día hay más maestros autograduados y gente que se aprovecha de los que amamos esto (aunque hay ya entra la personalidad de cada uno, no hay mayor ciego que el que no quiere ver, y si sabes lo que hay, no te dejas engañar).
Observo que hay un descontrol (por llamarlo de alguna manera) en este aspecto, por lo que supongo que existe un vacio legal que lo permite.
¿Alguien podría aclararme la diferencia que existe entre una titulación y otra? Supongo que ambas son legales, posiblemente me equivoque, pero supongo que hay títulos que una asociación no puede expedir, como el de técnico deportivo, por ejemplo.
si alguien puede responderme o redirigirme a un hilo en que se trate este tema, se lo agradezco. Un saludo a todos, y espero que este hilo sea agradable y no cree conflictos.
Hay gran cantidad de asociaciones y federaciones de AAMM y DC no adscritas al CSD que expiden documentación y titulaciones al igual que otras que si lo están. No lo comparto, aunque no veo nada malo en ello, no creo que haya engaño siempre y cuando estas titulaciones/homologaciones/documentaciones sean validas única y exclusivamente dentro del marco federativo/asociativo de la propia organización. De este modo no hay lugar a engaños ni a malinterpretaciones, aunque si creo que esto debería puntualizarse.
Entiendo que no hay porque monopolizar las artes marciales, aunque tampoco creo que sea buena la disgregación que sufren algunos estilos y disciplinas, ya que literalmente puedes comprar un cinturón negro, lo cual le quita el valor que tiene, degradándolo a un simple trozo de tela que se compra sin ningún tipo de esfuerzo ni entrenamiento previo.
Estas organizaciones, argumentan (no lo digo con ningún tipo de sarcasmo) que están reconocidas por el ministerio del interior (al igual que cualquier asociación cultural, club deportivo... que se cree, independientemente de su naturaleza, si el fundador/presidente de esta lo desea, ya que se trata de un registro nacional), de lo cual, no cabe ninguna duda de que es cierto. Lo veo perfecto, ya que teoricamente, el CSD "sólo" es una organización que reconocería las actividades en las que existe una competición deportiva (espero no equivocarme, aunque si alguno tiene que corregirme, le pido que lo haga)
Ahora viene mi duda y mi interpretación, si alguien ve que me equivoco, o que me desvio del tema, por favor, que me corrija.
Entiendo, o mejor dicho, interpreto, que cualquiera que se junte con dos personas (para crear una asociación de cualquier índole, hacen falta tres personas) puede crear una asociación de un arte marcial y autogaduarse con la titulación que quiera, al igual que puede cobrar (aunque se supone que el movimiento asociativo es sin animo de lucro) por examinar a quien quiera del cinturón que quiera.
Observo que mucha gente se suma a este movimiento, con lo que creo que se perjudica la imagen de las AAMM y DC, ya que cada día hay más maestros autograduados y gente que se aprovecha de los que amamos esto (aunque hay ya entra la personalidad de cada uno, no hay mayor ciego que el que no quiere ver, y si sabes lo que hay, no te dejas engañar).
Observo que hay un descontrol (por llamarlo de alguna manera) en este aspecto, por lo que supongo que existe un vacio legal que lo permite.
¿Alguien podría aclararme la diferencia que existe entre una titulación y otra? Supongo que ambas son legales, posiblemente me equivoque, pero supongo que hay títulos que una asociación no puede expedir, como el de técnico deportivo, por ejemplo.
si alguien puede responderme o redirigirme a un hilo en que se trate este tema, se lo agradezco. Un saludo a todos, y espero que este hilo sea agradable y no cree conflictos.
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
No es cuestión de compartir o no, es cuestión de que el marco jurídico actual permite elderecho de asociación y una norma lo regula y todas las titulaciones son válidas única y exclusivamente dentro de las organizaciones que las expiden sean del CSD o no. Otra cosa es que a nivel marketing o promoción "parezcan más" unas que otras.Jesenoma escribió: Hay gran cantidad de asociaciones y federaciones de AAMM y DC no adscritas al CSD que expiden documentación y titulaciones al igual que otras que si lo están. No lo comparto, aunque no veo nada malo en ello, no creo que haya engaño siempre y cuando estas titulaciones/homologaciones/documentaciones sean validas única y exclusivamente dentro del marco federativo/asociativo de la propia organización. De este modo no hay lugar a engaños ni a malinterpretaciones, aunque si creo que esto debería puntualizarse.
Jesenoma escribió: Entiendo que no hay porque monopolizar las artes marciales, aunque tampoco creo que sea buena la disgregación que sufren algunos estilos y disciplinas, ya que literalmente puedes comprar un cinturón negro, lo cual le quita el valor que tiene, degradándolo a un simple trozo de tela que se compra sin ningún tipo de esfuerzo ni entrenamiento previo.
En eso remarcado es experta precisamente una federación del CSD así que .... creo que ya deberías tener claro el valor o no que puedes entender o interpretar.
Solo existe diferencia a nivel competición oficial en actividades deportivas oficiales.Ahora saltará algún purista y citará cuatrocientos articulos de normativas "deportivas" que solo son de aplicación a las actividades deportivas oficiales y se liará la parda con lo de las homologaciones de titulaciones docentes y demás. Pero bueno a la hora de la verdad las titulaciones son igual de válidas unas que otras con la salvedad de que las no integradas dentro de la estructura del CSD carecen de validez a la hora de las competiciones oficiales y algunos organismos públicos como el MIR no las contempla pero está recurrido por agravio ante la jurisdicción contencioso administrativa de Madrid y ahora según me indican a la espera de un informe de la comisión nacional de la competencia.Jesenoma escribió: ¿Alguien podría aclararme la diferencia que existe entre una titulación y otra? Supongo que ambas son legales, posiblemente me equivoque, pero supongo que hay títulos que una asociación no puede expedir, como el de técnico deportivo, por ejemplo.
- aprendizdemaestro
- Forero Avanzado

- Mensajes: 330
- Registrado: 23 Jun 2009 12:18
- Ubicación: sierra de madrid / ávila
- Contactar:
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
estoy deseando que alguien comente más sobre este tema, hasta dónde yo sé, no todas las asociaciones por el hecho de estar registradas en Interior y ser de ámbito nacional (las que lo sean) pueden dar cualquier titulación.
Como algunos sabéis, he dado algunos cursos de autoprotección femenina junto con la Fundación Deporte Joven del CSD, y no me han dejado dar "diplomas" a las cursillistas porque una asociación no puede darlos, se han tenido que conformar con "certificados", igualmente es una cartulina con marco, sellos, temario, horas lectivas, fechas, firmas, etc, pero en lugar de poner una palabra, hemos tenido que poner la otra.
imagino que con la nomenclatura de las palabras "licencia" y "carné", pasará algo parecido.
el tema de los grados (los colorines en el cinturón), o cursos (estoy en primero de esto o en tercero de lo otro...) o incluso ciclos (primer ciclo, segundo ciclo, etc), junto con las titulaciones docentes, como ayudante de monitor, monitor, entrenador (en diferentes ámbitos, regional, nacional, etc), instructor, maestro, y algunos otros, imagino que pasará lo mismo, es muy posible que exista algo que regule quién puede expedirlo y quién no.
si alguien sabe a ciencia cierta, que cualquier persona jurídica puede titular tanto como reconocimiento de nivel, como para capacitar a alguien para la docencia a grupos, ya solo queda expandir tu cadena de franquicias, (llamesé según si está reconocida Federación)
un saludote y a ver qué nos cuentan los expertos
Como algunos sabéis, he dado algunos cursos de autoprotección femenina junto con la Fundación Deporte Joven del CSD, y no me han dejado dar "diplomas" a las cursillistas porque una asociación no puede darlos, se han tenido que conformar con "certificados", igualmente es una cartulina con marco, sellos, temario, horas lectivas, fechas, firmas, etc, pero en lugar de poner una palabra, hemos tenido que poner la otra.
imagino que con la nomenclatura de las palabras "licencia" y "carné", pasará algo parecido.
el tema de los grados (los colorines en el cinturón), o cursos (estoy en primero de esto o en tercero de lo otro...) o incluso ciclos (primer ciclo, segundo ciclo, etc), junto con las titulaciones docentes, como ayudante de monitor, monitor, entrenador (en diferentes ámbitos, regional, nacional, etc), instructor, maestro, y algunos otros, imagino que pasará lo mismo, es muy posible que exista algo que regule quién puede expedirlo y quién no.
si alguien sabe a ciencia cierta, que cualquier persona jurídica puede titular tanto como reconocimiento de nivel, como para capacitar a alguien para la docencia a grupos, ya solo queda expandir tu cadena de franquicias, (llamesé según si está reconocida Federación)
un saludote y a ver qué nos cuentan los expertos
- Javisombras
- Forero Adicto

- Mensajes: 691
- Registrado: 28 May 2010 11:04
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
Y eso que aun no ha salido el tema de la calidad de la enseñanza y de lo que te enseñan, que principalmente es en lo que primero deberia fijarse uno y no en el nombre o reconocimiento de la asociacion X o Y. De nada te sirve tener un diploma avalado por la asociacion o federacion con mas renombre, si como han dicho por ahi, es el resultado de comprarlo y no de sudarlo.
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
Gracias Sayanim, aprendizdemaestro y Javisombra por contestar.
A ver si alguien más puede aportarnos algo.
Algo había escuchado sobre un recurso a lo contencioso administrativo, aunque no estaba seguro.sayanim escribió:
No es cuestión de compartir o no, es cuestión de que el marco jurídico actual permite elderecho de asociación y una norma lo regula y todas las titulaciones son válidas única y exclusivamente dentro de las organizaciones que las expiden sean del CSD o no. Otra cosa es que a nivel marketing o promoción "parezcan más" unas que otras.
Solo existe diferencia a nivel competición oficial en actividades deportivas oficiales.Ahora saltará algún purista y citará cuatrocientos articulos de normativas "deportivas" que solo son de aplicación a las actividades deportivas oficiales y se liará la parda con lo de las homologaciones de titulaciones docentes y demás. Pero bueno a la hora de la verdad las titulaciones son igual de válidas unas que otras con la salvedad de que las no integradas dentro de la estructura del CSD carecen de validez a la hora de las competiciones oficiales y algunos organismos públicos como el MIR no las contempla pero está recurrido por agravio ante la jurisdicción contencioso administrativa de Madrid y ahora según me indican a la espera de un informe de la comisión nacional de la competencia.
La clave está en la nomenclatura, al parecer, pero me parece interesante tu último apunte, sobre si alguna persona jurídica puede titular a alguien.aprendizdemaestro escribió:
Como algunos sabéis, he dado algunos cursos de autoprotección femenina junto con la Fundación Deporte Joven del CSD, y no me han dejado dar "diplomas" a las cursillistas porque una asociación no puede darlos, se han tenido que conformar con "certificados", igualmente es una cartulina con marco, sellos, temario, horas lectivas, fechas, firmas, etc, pero en lugar de poner una palabra, hemos tenido que poner la otra.
imagino que con la nomenclatura de las palabras "licencia" y "carné", pasará algo parecido.
el tema de los grados (los colorines en el cinturón), o cursos (estoy en primero de esto o en tercero de lo otro...) o incluso ciclos (primer ciclo, segundo ciclo, etc), junto con las titulaciones docentes, como ayudante de monitor, monitor, entrenador (en diferentes ámbitos, regional, nacional, etc), instructor, maestro, y algunos otros, imagino que pasará lo mismo, es muy posible que exista algo que regule quién puede expedirlo y quién no.
si alguien sabe a ciencia cierta, que cualquier persona jurídica puede titular tanto como reconocimiento de nivel, como para capacitar a alguien para la docencia a grupos, ya solo queda expandir tu cadena de franquicias, (llamesé según si está reconocida Federación)
En eso reside el mayor de los problemas, ya que en la mayoría de los casos (que no digo en todos), se degrada la enseñanza por el afan de lucro.Javisombras escribió:Y eso que aun no ha salido el tema de la calidad de la enseñanza y de lo que te enseñan, que principalmente es en lo que primero deberia fijarse uno y no en el nombre o reconocimiento de la asociacion X o Y. De nada te sirve tener un diploma avalado por la asociacion o federacion con mas renombre, si como han dicho por ahi, es el resultado de comprarlo y no de sudarlo.
A ver si alguien más puede aportarnos algo.
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
aprendizdemaestro escribió:Como algunos sabéis, he dado algunos cursos de autoprotección femenina junto con la Fundación Deporte Joven del CSD, y no me han dejado dar "diplomas" a las cursillistas porque una asociación no puede darlos, se han tenido que conformar con "certificados", igualmente es una cartulina con marco, sellos, temario, horas lectivas, fechas, firmas, etc, pero en lugar de poner una palabra, hemos tenido que poner la otra.
...
imagino que con la nomenclatura de las palabras "licencia" y "carné", pasará algo parecido.
....
Es que de los cursos solo se puede expedir un certificado de asistencia con expresión de las horas lectivas. Eso nos pasa a los funcionarios con todos los que hacemos, que lo que vale son las horas y no los titulos.
Si tu organizas con una asociación "x" un curso de profesorado de su sistema, puedes expedir un diploma de profesorado de la asociación "x", igual que si convocas exámenes de grados por esa asociación.
Lo que las asociaciones y federaciones del CSD y de fuera del CSD no pueden emitir titulos de docencia con nomenclaturas relativas a la educación tipo técnico deportivo y similar (porque el organismo competente es el MEC y lo que hacen las federaciones del CSD es adaptar sus titulaciones de profesorado a lo dispuesto en las ordenes ministeriales del MEC y una vez que hacen los cursos solicitan su convalidación de las titulaciones deportivas por las de enseñanza) pero las no integradas en la estructura del CSD si pueden emitir titulaciones propias de docencia de SU sistema tipo instructor..... etc etc etc porque son materias NO REGLADAS. Es más hay artes marciales que no están integrados dentro de ninguna federación del MEC y sus titulaciones, grados licencias y demás están perfectamente validadas jurídicamente, véase el silat, el kali, el viet vo dao...... etc etc etc
- Pedro Torrano Molina
- Forero Avanzado

- Mensajes: 512
- Registrado: 25 Jun 2008 10:06
- Ubicación: MURCIA - Spain
- Contactar:
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
El Consejo Superior de Deportes combina sus materias específicas (de sus modalidades deportivas o Artes Marciales) con las materias que son COMUNES y que están reglamentaria y legálmente establecidas por el Ministerio de Educación (El título de Educación es imprescindible si te dedicas a la enseñanza de lo que sea, incluidas las Artes Marciales o Deportes de Competición).
El Ministerio de Justicia e Interior no está reconocido para otorgar titulaciones profesionales para la ENSEÑANZA (M.E.C.). Por lo que a mi juicio, no son válidas fuera de la Asociación correspondiente las titulaciones que se emitan "avaladas por este Mº". Además no pueden usarse ni las insignias Federativas oficiales ni el tamaño y diseño en los diplomas que son exclusivos del C.S.D/M.E.C.
… INFORMACIÓN DETALLADA SOBRE FORMACIÓN INICIAL DE TÉCNICOS DEPORTIVOS:
Cursos de técnico deportivo
El R.D. 1363/2007, de 24 de octubre, otorga a las enseñanzas de técnicos deportivos una consideración académica y profesional, configurándose como Enseñanzas de Régimen Especial. Esta norma establece un periodo transitorio hasta la implantación de las enseñanzas en cada una de las modalidades deportivas.
Dicho periodo transitorio está regulado en la actualidad por la Orden ECD 3310/2002, de 30 de diciembre, que establece las directrices para que la formación de los técnicos deportivos tenga un carácter homogéneo en todas las modalidades deportivas. De esta forma quienes realicen cursos de formación de técnico deportivo de acuerdo a esta Orden podrán obtener correspondencias formativas con módulos y áreas de los nuevos títulos encuadrados en las Enseñanzas de Régimen Especial.
Las enseñanzas de técnicos deportivos en el periodo transitorio están estructuradas en tres niveles y a su vez cada uno de los niveles se compone de:
Bloque común (C.S.D. / M.E.C.)
Bloque específico (FEDERACIONES DEPORTIVAS OFICIALES / C.S.D.)
Periodo de prácticas
Actualmente algunas comunidades autónomas favorecen, facilitan y promueven la formación de técnicos deportivos en este ámbito mediante la impartición del bloque común de los cursos promovidos por las Federaciones deportivas españolas según el reglamento que les es propio.
(@) Pedro Torrano Molina
Email: taichichuanmurciawushu@hotmail.com
Asociación CHAN HEUNG: asociacionchanheung_murcia@hotmail.com
http://www.taichichuanoficialmurciawushu.com
El Ministerio de Justicia e Interior no está reconocido para otorgar titulaciones profesionales para la ENSEÑANZA (M.E.C.). Por lo que a mi juicio, no son válidas fuera de la Asociación correspondiente las titulaciones que se emitan "avaladas por este Mº". Además no pueden usarse ni las insignias Federativas oficiales ni el tamaño y diseño en los diplomas que son exclusivos del C.S.D/M.E.C.
… INFORMACIÓN DETALLADA SOBRE FORMACIÓN INICIAL DE TÉCNICOS DEPORTIVOS:
Cursos de técnico deportivo
El R.D. 1363/2007, de 24 de octubre, otorga a las enseñanzas de técnicos deportivos una consideración académica y profesional, configurándose como Enseñanzas de Régimen Especial. Esta norma establece un periodo transitorio hasta la implantación de las enseñanzas en cada una de las modalidades deportivas.
Dicho periodo transitorio está regulado en la actualidad por la Orden ECD 3310/2002, de 30 de diciembre, que establece las directrices para que la formación de los técnicos deportivos tenga un carácter homogéneo en todas las modalidades deportivas. De esta forma quienes realicen cursos de formación de técnico deportivo de acuerdo a esta Orden podrán obtener correspondencias formativas con módulos y áreas de los nuevos títulos encuadrados en las Enseñanzas de Régimen Especial.
Las enseñanzas de técnicos deportivos en el periodo transitorio están estructuradas en tres niveles y a su vez cada uno de los niveles se compone de:
Bloque común (C.S.D. / M.E.C.)
Bloque específico (FEDERACIONES DEPORTIVAS OFICIALES / C.S.D.)
Periodo de prácticas
Actualmente algunas comunidades autónomas favorecen, facilitan y promueven la formación de técnicos deportivos en este ámbito mediante la impartición del bloque común de los cursos promovidos por las Federaciones deportivas españolas según el reglamento que les es propio.
(@) Pedro Torrano Molina
Email: taichichuanmurciawushu@hotmail.com
Asociación CHAN HEUNG: asociacionchanheung_murcia@hotmail.com
http://www.taichichuanoficialmurciawushu.com
- Pedro Torrano Molina
- Forero Avanzado

- Mensajes: 512
- Registrado: 25 Jun 2008 10:06
- Ubicación: MURCIA - Spain
- Contactar:
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
… SOBRE TITULACIONES:
Los objetivos de la ley deben de ser:
Garantizar la salud, la seguridad y el normal desarrollo requerido por la práctica de cada modalidad deportiva específica.
Evitar el intrusismo en el ámbito de la actividad físico deportivo y especial.
Las salidas profesionales de los colectivos afectados.
1. Titulaciones oficiales reguladas por el MEC:
Enseñanzas superiores:
Doctor en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (RD 778/1998 del 30 de Abril).
Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (RD 1670/1993 del 24 de Septiembre).
Maestro Especialista en Educación Física (RD 144/1991).
Formación Profesional: Ciclos Formativos:
Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas (RD 2048/1995 del 22 de Diciembre).
Técnico en Conducción de Actividades físico Deportivas en el Medio Natural (RD 2049/1995 del 22 de Diciembre).
Enseñanza de Régimen Especial:
Técnico Deportivo Superior (RD 1913/1997 del 19 de Diciembre).
Técnico Deportivo (RD 1913/1997 del 19 de Diciembre).
2. Finalmente existen unas titulaciones no oficiales
que son los cursos impartidos por las administraciones públicas (INEM, Aytos., universidad..) como son los cursos (de Gestor Deportivo, Monitor Deportivo…) impartidos por las asociaciones sin ánimo de lucro como por ejemplo: Curso de Monitor de Educación Física. Y finalmente aquellos cursos impartidos por sociedades o entidades privadas.
Las conducentes a la equiparación de Técnicos Deportivos son OFICIALES y procedentes en exclusiva del C.S.D./ M.E.C. que exigen las "llamadas materias comunes" para el aspecto "formativo profesional". Las Federaciones Deportivas solamente tienen competencia en las "llamadas materias específicas": por ejemplo Judo, Kárate, Wu Shu (Tai Chi), Aikido, etc.
Un afectuoso saludo a tod@s.
Los objetivos de la ley deben de ser:
Garantizar la salud, la seguridad y el normal desarrollo requerido por la práctica de cada modalidad deportiva específica.
Evitar el intrusismo en el ámbito de la actividad físico deportivo y especial.
Las salidas profesionales de los colectivos afectados.
1. Titulaciones oficiales reguladas por el MEC:
Enseñanzas superiores:
Doctor en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (RD 778/1998 del 30 de Abril).
Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte (RD 1670/1993 del 24 de Septiembre).
Maestro Especialista en Educación Física (RD 144/1991).
Formación Profesional: Ciclos Formativos:
Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas (RD 2048/1995 del 22 de Diciembre).
Técnico en Conducción de Actividades físico Deportivas en el Medio Natural (RD 2049/1995 del 22 de Diciembre).
Enseñanza de Régimen Especial:
Técnico Deportivo Superior (RD 1913/1997 del 19 de Diciembre).
Técnico Deportivo (RD 1913/1997 del 19 de Diciembre).
2. Finalmente existen unas titulaciones no oficiales
que son los cursos impartidos por las administraciones públicas (INEM, Aytos., universidad..) como son los cursos (de Gestor Deportivo, Monitor Deportivo…) impartidos por las asociaciones sin ánimo de lucro como por ejemplo: Curso de Monitor de Educación Física. Y finalmente aquellos cursos impartidos por sociedades o entidades privadas.
Las conducentes a la equiparación de Técnicos Deportivos son OFICIALES y procedentes en exclusiva del C.S.D./ M.E.C. que exigen las "llamadas materias comunes" para el aspecto "formativo profesional". Las Federaciones Deportivas solamente tienen competencia en las "llamadas materias específicas": por ejemplo Judo, Kárate, Wu Shu (Tai Chi), Aikido, etc.
Un afectuoso saludo a tod@s.
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
Ni el CSD que tu mezclas intencionadamente supongo como siempre tratas de "confundir" con el MEC. Las federaciones deportivas integradas en el CSD son entidades tan privadas como las de fuera del CSD.Pedro Torrano Molina escribió:El Ministerio de Justicia e Interior no está reconocido para otorgar titulaciones profesionales para la ENSEÑANZA (M.E.C.). Por lo que a mi juicio, no son válidas fuera de la Asociación correspondiente las titulaciones que se emitan "avaladas por este Mº". Además no pueden usarse ni las insignias Federativas oficiales ni el tamaño y diseño en los diplomas que son exclusivos del C.S.D/M.E.C.
El único organismo que homologa las titulaciones deportivas con las educativas es el MEC. Pero se están dando casos de homologaciones de titulaciones deportivas de fuera del CSD (y no voy a darle más pistas al $€N$€I) por titulaciones de enseñanza. Cualquier consulta sobre homologaciones deportivas-enseñanza reglada la podeis dirigir directamente al MEC
http://www.educacion.es/horizontales/se ... on-fp.html
Pedro Torrano Molina escribió:Las conducentes a la equiparación de Técnicos Deportivos son OFICIALES y procedentes en exclusiva del C.S.D./ M.E.C. que exigen las "llamadas materias comunes" para el aspecto "formativo profesional". Las Federaciones Deportivas solamente tienen competencia en las "llamadas materias específicas": por ejemplo Judo, Kárate, Wu Shu (Tai Chi), Aikido, etc.
Un afectuoso saludo a tod@s.[/u]
Otra vez mezclas intencionadamente.....
Lo dicho cualquier consulta sobre homologacione sdirigiros al MEC y no a las part€$ int€r€$ada$
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
Todo esto me parece muy bien. pero mi pregunta es ésta.
que requisitos debe cumplir o que pasos debe seguir un entrenador nacional de judo o Karate ( ambas reconocidas por el CSD )que quiere obtener el título deTECNICO DEPORTIVO SUPERIOR.
¿puede obtar a esta titulación directamente?
¿debe 1º obtener la deTECNICO DEPORTIVO?
¿ hay alguna especie de acuerdo con las federaciones para homologar, si su titulación es anterior a la nueva ley ? o debe realizar los cursos de y examinarse de las asignaturas conjuntas?.
un saludo.
que requisitos debe cumplir o que pasos debe seguir un entrenador nacional de judo o Karate ( ambas reconocidas por el CSD )que quiere obtener el título deTECNICO DEPORTIVO SUPERIOR.
¿puede obtar a esta titulación directamente?
¿debe 1º obtener la deTECNICO DEPORTIVO?
¿ hay alguna especie de acuerdo con las federaciones para homologar, si su titulación es anterior a la nueva ley ? o debe realizar los cursos de y examinarse de las asignaturas conjuntas?.
un saludo.
- Pedro Torrano Molina
- Forero Avanzado

- Mensajes: 512
- Registrado: 25 Jun 2008 10:06
- Ubicación: MURCIA - Spain
- Contactar:
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
Lugar de entrega:
La solictud debe dirigirse a la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
La solictud debe dirigirse a la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
Muchas gracias a todos por contestar. Entonces una pregunta. Una asociación independiente del CSD puede llegar a expedir un título que sea válido para que lo homologue el MEC? Es posible que esta asociación expida por ejemplo el título de técnico deportivo y después este se convalide? No me ha quedado del todo claro. Gracias y un saludo
- Pedro Torrano Molina
- Forero Avanzado

- Mensajes: 512
- Registrado: 25 Jun 2008 10:06
- Ubicación: MURCIA - Spain
- Contactar:
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
NO: (el asociacionismo deportivo, cultural, etc. ES OTRA COSA DIFERENTE) "Aunque otros digan que es lo mismo que las Federaciones Oficialmente Registradas y Acreditadas en el Consejo Superior de Deportes Español.
06. Homologaciones
Quienes acrediten formaciones de entrenadores deportivos españoles (diplomas de entrenador) o estudios oficiales españoles pueden equipararlos con las enseñanzas deportivas.
1. Acreditando diplomas o certificados españoles de entrenador deportivo obtenidos al superar formaciones impartidas antes del año 1999. Se puede obtener la homologación o la equivalencia profesional de su diploma con el título oficial, o bien la convalidación de la formación deportiva superada con las enseñanzas oficiales.
o La homologación conlleva efectos académicos y profesionales.
o La equivalencia profesional excluye los efectos académicos.
o La convalidación solamente se otorga para completar los estudios a fin de obtener el título de Técnico Deportivo o de Técnico Deportivo Superior.
En este caso hay que solicitarla al titular del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Consejo Superior de Deportes.
2. Acreditando diplomas o certificados españoles de entrenador deportivo obtenidos al superar formaciones después del año 1999, mediante formaciones autorizadas por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas. Se puede obtener la correspondencia formativa con las enseñanzas oficiales.
La correspondencia de las materias del bloque común debe solicitarse al centro que imparta las enseñanzas.
La correspondencia con los demás módulos y bloques hay que solicitarla al titular del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Consejo Superior de Deportes.
3. Acreditando estudios españoles oficiales. Las convalidaciones de los módulos del bloque común han de solicitarlas en el centro que imparte las enseñanzas. Se han establecido convalidaciones entre determinadas enseñanzas conducentes a la obtención de titulaciones oficiales en el ámbito de la actividad física y el deporte con las titulaciones de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior.
06. Homologaciones
Quienes acrediten formaciones de entrenadores deportivos españoles (diplomas de entrenador) o estudios oficiales españoles pueden equipararlos con las enseñanzas deportivas.
1. Acreditando diplomas o certificados españoles de entrenador deportivo obtenidos al superar formaciones impartidas antes del año 1999. Se puede obtener la homologación o la equivalencia profesional de su diploma con el título oficial, o bien la convalidación de la formación deportiva superada con las enseñanzas oficiales.
o La homologación conlleva efectos académicos y profesionales.
o La equivalencia profesional excluye los efectos académicos.
o La convalidación solamente se otorga para completar los estudios a fin de obtener el título de Técnico Deportivo o de Técnico Deportivo Superior.
En este caso hay que solicitarla al titular del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Consejo Superior de Deportes.
2. Acreditando diplomas o certificados españoles de entrenador deportivo obtenidos al superar formaciones después del año 1999, mediante formaciones autorizadas por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas. Se puede obtener la correspondencia formativa con las enseñanzas oficiales.
La correspondencia de las materias del bloque común debe solicitarse al centro que imparta las enseñanzas.
La correspondencia con los demás módulos y bloques hay que solicitarla al titular del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Consejo Superior de Deportes.
3. Acreditando estudios españoles oficiales. Las convalidaciones de los módulos del bloque común han de solicitarlas en el centro que imparte las enseñanzas. Se han establecido convalidaciones entre determinadas enseñanzas conducentes a la obtención de titulaciones oficiales en el ámbito de la actividad física y el deporte con las titulaciones de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior.
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
Vaya chorrada acabas de soltar majo. No tienes ni idea. No solo las federaciones deportivas (que no oficiales ni acreditadas sino que son entidades privadas) pueden ser consideradas entes deportivos. Los clubes y asociaciones deportivas creadas al amparo de las distintas normativas autonómicas en la materia y las federaciones territoriales pueden promover dichas titulaciones. Léete la ley del deporte porque parece que estás "obsesionado" con mezclar "oficial" con "deportivo oficial" sin tener pejillera idea de en que charco te metes.Pedro Torrano Molina escribió:NO: (el asociacionismo deportivo, cultural, etc. ES OTRA COSA DIFERENTE) "Aunque otros digan que es lo mismo que las Federaciones Oficialmente Registradas y Acreditadas en el Consejo Superior de Deportes Español.
-Entidad u organización registrada lo son todas las que en cumplimiento de la ley de asociaciones o ley del deporte reguladora se encuentran inscritas en los registros oficiales creados al efecto.
-Entidad u organización "acreditada". Chico no se a que te refieres pues por el simple hecho de cumplir con la norma que permite su inscripción TODAS se encuentran acreditadas mediante visado de sus estatutos e inscripción en el registro oficial pertinente.
El Consejo Superior de Deportes CARECE de competencia en el reconocimiento de ningún titulo docente. Sus federaciones pueden expedir las titulaciones DE ACUERDO con lo dispuesto en la normativa educativa correspondiente, como así mismo pueden expedir las mismas titulaciones los entes deportivos (asociaciones entre ellos) que contempla la Ley del Deporte y los organismos públicos, de acuerdo con lo dispuesto en las normativas autonómicas que lo regulan puesto que las competencias en educación y deporte están transferidas a las Comunidades Autónomas.
Me he callado antes cuando has dicho esta soberana BOBADA:
Precisamente, para que te enteres de una vez: LOS CURSOS PROMOVIDOS POR LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS SON LOS UNICOS OFICALES AL PROCEDER DE UN ORGANISMO OFICIALPedro Torrano Molina escribió:… SOBRE TITULACIONES:
2. Finalmente existen unas titulaciones no oficiales
que son los cursos impartidos por las administraciones públicas (INEM, Aytos., universidad..) como son los cursos (de Gestor Deportivo, Monitor Deportivo…)
En fin cualquier interesado en homologar las titulaciones por educación que consulte la forma con el MEC, le van a pedir la memoria explicativa del curso con detalles de materias, carga lectiva y profesorado, fechas organismo o entidad promotora entre otras para ver si se adecua o no a lo dispuesto en la normativa reguladora.
- Pedro Torrano Molina
- Forero Avanzado

- Mensajes: 512
- Registrado: 25 Jun 2008 10:06
- Ubicación: MURCIA - Spain
- Contactar:
Re: Duda sobre validez de titulaciones.
Acabas de lucirte:
Aquí el único que dice chorradas eres tu.
No he hecho más que copiar y pegar de documentación oficial anterior. En cualquier caso, formo parte de una Asociación Deportiva Cultural dedicada a la práctica de Artes Marciales Chinas desde 1987. Nos regimos por la Ley de Asociaciones y los diplomas y certificados que emitimos en la misma especifican el ámbito exclusivo de nuestra Asociación. ¿Hacéis lo mismo?, o ¿Hacéis creer que vuestros certificasos y diplomas valen para algo ante la Administración?.
Un saludo a tod@s.
Toda la información la he sacado de donde tu señalaste unos mensajes atrás (en el quote)El único organismo que homologa las titulaciones deportivas con las educativas es el MEC. Pero se están dando casos de homologaciones de titulaciones deportivas de fuera del CSD (y no voy a darle más pistas al $€N$€I) por titulaciones de enseñanza. Cualquier consulta sobre homologaciones deportivas-enseñanza reglada la podeis dirigir directamente al MEC
http://www.educacion.es/horizontales/se ... on-fp.html
Aquí el único que dice chorradas eres tu.
No he hecho más que copiar y pegar de documentación oficial anterior. En cualquier caso, formo parte de una Asociación Deportiva Cultural dedicada a la práctica de Artes Marciales Chinas desde 1987. Nos regimos por la Ley de Asociaciones y los diplomas y certificados que emitimos en la misma especifican el ámbito exclusivo de nuestra Asociación. ¿Hacéis lo mismo?, o ¿Hacéis creer que vuestros certificasos y diplomas valen para algo ante la Administración?.
Un saludo a tod@s.

