Arte marcial/deporte contacto para policía.
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Arte marcial/deporte contacto para policía.
Pues eso simplemente, qué creeis que es "lo más adecuado" para un policía que se patea la calle(o sea, nada de Rambos ni cosas por el estilo)?
Ya hubo un post anterior que planteaba lo mismo.¿Le limitan a los delincuentes los medios que utilizan para jodernos a los "curritos"?No.Entonces,¿a cuento de que no van a poder los policias aprender y emplear deportes de contacto?El problema no son los medios,sino las cabezas "pensantes" que los utilicen.
Ya opine en otro post que yo creo que lo mas adecuado para las fuerzas de seguridad sería un poco de varias cosas, "krav maga, muay thai, bjj" pero cogiendo solo las cosas que puedan ser de utilidad. La actividad policial con la delincuencia no es un combate con reglas en un ring, ni tampoco la mecanica de un arte marcial.
Lee este post que hablaba del tema y era muy interesante hasta que uno lo chafo.
http://gimnasios.org/foros/viewtopic.ph ... 08&start=0
Lee este post que hablaba del tema y era muy interesante hasta que uno lo chafo.
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Hola. Estoy de acuerdo con el anterior post (FERNI). Sería preferible no obstante, encontrar un gimnasio o academia en el cual entrenases Defensa Policial, q es lo más afín a un policía, pero tb te encontrarías con el problema de si es bueno o es un indivíduo q imparte Def. Policial como tantos q imparten Def. Personal y no tienen ni remota idea de lo q están hablando. Por desgracia la titulación de Defensa Policial, se la dan a cualquiera q presente un breve curriculo de A.M. aunq no tengan nada q ver con la Def. Policial, o bien la Federación de tal o cual se saca de la manga lo de "Cinturón Negro de Defensa Policial o Personal" ¿¿¿¿¿¿¿¿¿??????????....poderoso caballero. En fin. Si no tienes experiencia la recomendación de FERMI es bastante acertada, (incluso la mejor) y si tienes algo de experiencia, mira a ver alguna clase de Def. Policial a ver si es de verdad o solo son tipos haciendo "llaves" prefijadas y q luego no sirven para nada en la calle (y menos contra un hijo p. cabreado) Un saludo.
http://academiacombat.tk
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la verdad si mal no recuerdo el post anterior lo abri yo, pero una cosa es la llave de todo y lo ha dicho "avalancha" la clave de todo es la cabeza que lleve a cabo eso,y para ello ntraria la selleccion de los policias ,yo no se como es en el resto españa,pero en tenerife la benemerita,suelen hacer mucho judo y algunos ju jitsu japones ,pokos e conocido en thai,(solo 2) la nacional suele estar en karate (es curiosso pero cierto despues de años lo e estudiado) y e visto algunos en krab maga(que es para ellos muy bueno),y hasta ahora no a habido problemas ,los problemas han venido en santa cruz de tenerife,con los municipales (pfffffffffffffff) se a llenado de ex-porteros de discotecas frustrados y casi nada (no todos hay buenos agentes) sobre todo la creacion del ultimo grupo UNIPOL(unidad de intervencion de la policia local) estos tienen me dijo un teniente el otro dia unas 180 denuncias por abusos (yo lo e visto actuando y son unos autenticos macarras con placas (,aunque luego los ves solos en el gym y son unos jilipollas y acomplejados) la verdad que de la policia de tenerife nadie tiene quejas por abusos al reves , la unica manzana podrida son estos ultimos ,y por lo que dijo avalancha ,POR QUE NO HAY CABEZA. 
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Pavel Saenz
- Forero Avanzado

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Hay un lugar http://www.isrmatrix.org
La DEFENSA PERSONAL POLICIAL es una disciplina única e individual perteneciente a la FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE LUCHA. Es una forma de defensa que nació de las necesidades de las fuerzas y Cuerpos de seguridad para hacer frente a una situación “no convencional” que debido a las peculiaridades del trabajo policial, no satisfacen las demás artes marciales (por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad que rigen las actuaciones policiales en nuestro ordenamiento jurídico, plasmado en el artículo 5 de la Ley 2/86 de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad).
Lo que se hizo fue recopilar una serie de técnicas efectivas para los policías de distintas artes marciales(Judo, Karate, Jiu-Jitsu, sambo) y crear una forma de defensa profesional que se enseña en la Academia de policía de Ávila; de ahí se extendió a las distintas policías locales de nuestro País.
Nos referimos a que es “ÚNICA E INDIVIDUAL” porque todo en ella está reglado y sus estatutos y programa recogidos en el CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES a través de la Federación ESPAÑOLA DE LUCHA:
-Hay un programa por cinturones que van desde el cinturon blanco hasta el Cinturon negro 6º Dan.
-Hay un programa de formación de profesores que es el siguiente: Monitor, Entrenador-regional, Entrenador-Nacional y Maestro.
-Para los agentes de la ley, existen una serie de diplomas (reconocidos por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil como baremo de méritos) que son por este orden:
-Nivel I (asimilable a cinturón verde)
-Nivel II (asimilable a cinturón azul)
-Nivel III (asimilable a cinturón marrón)
Todo esto implica que SÓLO, ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE PUEDEN IMPARTIR CURSOS Y CLASES DE DEFENSA PERSONAL POLICIAL, PROFESORES TITULADOS Y COLEGIADOS EN DEFENSA PERSONAL POLICIAL (por la Federación Española de lucha o sus Federaciones territoriales).
Por lo tanto no es válido los cursos que se ofrecen en distintos sitios por profesores “habilitados” (concepto que aclararemos más adelante) de tai-jitsu, judo o Karate..(por citar algunos ejemplos) de Defensa Personal Policial : no pueden ofrecer ninguna titulación en esta materia, ni impartir ninguna clase de curso (otro tema es que lo hagan) pues ni están titulados , ni colegiados; que son los requisitos que la ley exige en nuestro país (Y en la Unión europea) para impartir cualquier tipo de actividad deportiva.
Una persona que imparta uno de estos curso “pirata” y lesione a alguien en él, se puede dar por perdido, ya que lo primero que le va a pedir el Juez ante esa lesión es su titulación, y luego su colegiación; y si no la tiene....(seguramente estará toda la vida pagando)
De la misma manera que un profesor de Karate no puede impartir clases de Judo; un profesor de Tai-jitsu * no puede impartir Defensa Personal Policial , pues para eso están los profesores del Departamento de Defensa Personal Policial de la Federación Española de Lucha.
* Podrá impartir defensa personal, como lo pueden hacer los profesores de Judo, karate, Kung-fu...ya que en sus federaciones tienen un departamento de Defensa Personal: PERO NUNCA PODRÁN IMPARTIR DEFENSA PERSONAL POLICIAL.
Otro tema muy común que se ve en los curriculums de los “FALSOS” profesores de D.P.P., es la siguiente coletilla:
“HABILITADO/ ACREDITADO POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR (O LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA) PARA IMPARTIR DEFENSA PERSONAL POLICIAL”: esta afirmación es ABSOLUTAMENTE FALSA Y UN ENGAÑO: la dirección general de la Policía a través de Seguridad Privada, habilita previa superación de requisitos, a personas para poder impartir DEFENSA PERSONAL ( NO D.P.P si no defensa personal; aquí estriba el “engaño”) en los centros de preparación para futuros vigilantes de seguridad privada. Lo que ocurre es que la palabra “POLICIAL” vende mucho, y de ahí que no nos extrañe ver: tai-jitsu policial, hapkido policial...¡¡¡¡¡ESO NO EXISTE!!!!!!!!!!!(no existe en el sentido que un profesor de Hapkido Policial podrá impartir cursos de hapkido y expedir diplomas de hapkido, pero no podrá nunca expedir un diploma de Dpp- y si lo hace el Consejo Superior de Deportes no se lo va a reconocer, con lo cual no es válido-. De la misma formas que no hay Hapkido-Judo, ni karate-Judo...la D.P.P. está registrada como arte marcial con ese nombre en el Consejo Superior de deportes en Madrid.
¿COMO SABER SI ALGUIEN QUE IMPARTE UN CURSO, ES PROFESOR VERDADERAMENTE DE DEFENSA PERSONAL POLICIAL?
Tenemos varias maneras: una es solicitando el número de colegiado del profesor (ello implica que está titulado también) y comprobarlo en la Federación Española de lucha o por delegación en la Federación de lucha territorial correspondiente.
Otra manera más sutil, es la de preguntar que certificado (que deberá llevar el sello de la Federación de lucha correspondiente), o que nivel nos pueden ofrecer en dicho curso: si no es un profesor de D.P.P. no te podrá examinar y por lo tanto no te podrá extender ningún certificado oficial o titulación alguna en D.P.P. (ojo en DPP).
EN RESUMEN:
1º : Un profesor 10 º dan de karate,judo, tai-jitsu,hapkido..., no puede impartir ningún curso ni titulación de D.P.P.
2º : los profesores de D.P.P. son los titulados y colegiados por la federación Española de lucha y por delegación en las federaciones de lucha territoriales.
3º : Si alguien imparte algo sin la debida cualificación, es denunciable por intrusismo, y en este caso la autoridad competente es el Consejo Superior de Deportes. ( para ejercer la medicina hay que ser médico, no curandero)
4º : El Ministerio del interior (Dirección General de la Policía), no habilita/acredita para poder impartir D.P.P, sino Defensa personal en centros de formación de seguridad privada.
5º: Comprobar Que un curso es válido:
-Solicitar titulación y/o colegiación del profesor.
-Se puede comprobar en la Federación de Lucha de su región (no te van a poner ninguna pega).
-Solicitar que tipo de titulación te pueden ofrecer (si no está por una Federación de Lucha, NO ES VÁLIDA EN CUANTO A DEFESA PERSONAL POLICIAL)
http://www.defensapolicial.es.vg/
Lo que se hizo fue recopilar una serie de técnicas efectivas para los policías de distintas artes marciales(Judo, Karate, Jiu-Jitsu, sambo) y crear una forma de defensa profesional que se enseña en la Academia de policía de Ávila; de ahí se extendió a las distintas policías locales de nuestro País.
Nos referimos a que es “ÚNICA E INDIVIDUAL” porque todo en ella está reglado y sus estatutos y programa recogidos en el CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES a través de la Federación ESPAÑOLA DE LUCHA:
-Hay un programa por cinturones que van desde el cinturon blanco hasta el Cinturon negro 6º Dan.
-Hay un programa de formación de profesores que es el siguiente: Monitor, Entrenador-regional, Entrenador-Nacional y Maestro.
-Para los agentes de la ley, existen una serie de diplomas (reconocidos por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil como baremo de méritos) que son por este orden:
-Nivel I (asimilable a cinturón verde)
-Nivel II (asimilable a cinturón azul)
-Nivel III (asimilable a cinturón marrón)
Todo esto implica que SÓLO, ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE PUEDEN IMPARTIR CURSOS Y CLASES DE DEFENSA PERSONAL POLICIAL, PROFESORES TITULADOS Y COLEGIADOS EN DEFENSA PERSONAL POLICIAL (por la Federación Española de lucha o sus Federaciones territoriales).
Por lo tanto no es válido los cursos que se ofrecen en distintos sitios por profesores “habilitados” (concepto que aclararemos más adelante) de tai-jitsu, judo o Karate..(por citar algunos ejemplos) de Defensa Personal Policial : no pueden ofrecer ninguna titulación en esta materia, ni impartir ninguna clase de curso (otro tema es que lo hagan) pues ni están titulados , ni colegiados; que son los requisitos que la ley exige en nuestro país (Y en la Unión europea) para impartir cualquier tipo de actividad deportiva.
Una persona que imparta uno de estos curso “pirata” y lesione a alguien en él, se puede dar por perdido, ya que lo primero que le va a pedir el Juez ante esa lesión es su titulación, y luego su colegiación; y si no la tiene....(seguramente estará toda la vida pagando)
De la misma manera que un profesor de Karate no puede impartir clases de Judo; un profesor de Tai-jitsu * no puede impartir Defensa Personal Policial , pues para eso están los profesores del Departamento de Defensa Personal Policial de la Federación Española de Lucha.
* Podrá impartir defensa personal, como lo pueden hacer los profesores de Judo, karate, Kung-fu...ya que en sus federaciones tienen un departamento de Defensa Personal: PERO NUNCA PODRÁN IMPARTIR DEFENSA PERSONAL POLICIAL.
Otro tema muy común que se ve en los curriculums de los “FALSOS” profesores de D.P.P., es la siguiente coletilla:
“HABILITADO/ ACREDITADO POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR (O LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA) PARA IMPARTIR DEFENSA PERSONAL POLICIAL”: esta afirmación es ABSOLUTAMENTE FALSA Y UN ENGAÑO: la dirección general de la Policía a través de Seguridad Privada, habilita previa superación de requisitos, a personas para poder impartir DEFENSA PERSONAL ( NO D.P.P si no defensa personal; aquí estriba el “engaño”) en los centros de preparación para futuros vigilantes de seguridad privada. Lo que ocurre es que la palabra “POLICIAL” vende mucho, y de ahí que no nos extrañe ver: tai-jitsu policial, hapkido policial...¡¡¡¡¡ESO NO EXISTE!!!!!!!!!!!(no existe en el sentido que un profesor de Hapkido Policial podrá impartir cursos de hapkido y expedir diplomas de hapkido, pero no podrá nunca expedir un diploma de Dpp- y si lo hace el Consejo Superior de Deportes no se lo va a reconocer, con lo cual no es válido-. De la misma formas que no hay Hapkido-Judo, ni karate-Judo...la D.P.P. está registrada como arte marcial con ese nombre en el Consejo Superior de deportes en Madrid.
¿COMO SABER SI ALGUIEN QUE IMPARTE UN CURSO, ES PROFESOR VERDADERAMENTE DE DEFENSA PERSONAL POLICIAL?
Tenemos varias maneras: una es solicitando el número de colegiado del profesor (ello implica que está titulado también) y comprobarlo en la Federación Española de lucha o por delegación en la Federación de lucha territorial correspondiente.
Otra manera más sutil, es la de preguntar que certificado (que deberá llevar el sello de la Federación de lucha correspondiente), o que nivel nos pueden ofrecer en dicho curso: si no es un profesor de D.P.P. no te podrá examinar y por lo tanto no te podrá extender ningún certificado oficial o titulación alguna en D.P.P. (ojo en DPP).
EN RESUMEN:
1º : Un profesor 10 º dan de karate,judo, tai-jitsu,hapkido..., no puede impartir ningún curso ni titulación de D.P.P.
2º : los profesores de D.P.P. son los titulados y colegiados por la federación Española de lucha y por delegación en las federaciones de lucha territoriales.
3º : Si alguien imparte algo sin la debida cualificación, es denunciable por intrusismo, y en este caso la autoridad competente es el Consejo Superior de Deportes. ( para ejercer la medicina hay que ser médico, no curandero)
4º : El Ministerio del interior (Dirección General de la Policía), no habilita/acredita para poder impartir D.P.P, sino Defensa personal en centros de formación de seguridad privada.
5º: Comprobar Que un curso es válido:
-Solicitar titulación y/o colegiación del profesor.
-Se puede comprobar en la Federación de Lucha de su región (no te van a poner ninguna pega).
-Solicitar que tipo de titulación te pueden ofrecer (si no está por una Federación de Lucha, NO ES VÁLIDA EN CUANTO A DEFESA PERSONAL POLICIAL)
http://www.defensapolicial.es.vg/
Defensa Policial
Snake, es totalmente pretencioso (y falso) decir q la "unica" q puede impartir Def. Policial es la Federación de lucha, sabes q no es así, por muy argumentado q lo intentes poner; te recuerdo q todas las federaciones q poseen Defensa Policial tambien están reconocidas por el CSD y es más ¿es FEDERACION DE DEFENSA POLICIAL? NO, es una "filial" de una federación (q no tiene q ver nada con esto, por cierto)
En segundo lugar decirte ¿crees q es serio ser tal o cual cinturón o Dan de Defensa Policial? ¿o de cocina o de albañileria? Q pasa, ¿q a estas alturas nos seguimos engañando? El q un grupo escoja una determinada federación, más bien obedece a interese q a necesidades. Por cierto y ya q pones en el candelero a la formación recibida en Avila ¿q formación recibieron las pobres policias asesinadas recientemente.......? Si esa es la formación q imparte tu federación a agentes q deben de estar preparados siempre para actuar, pobres de nosotros los ciudadanos de a pie, como nos tengan q ayudar.
Y por último ¿realmente sabes como se les entrena allí? El tener una amalgama de técnicas de distintos sistemas no es válido en absoluto. Un sistema de Defensa policial tiene q ser por fuerza un entrenamiento riguroso, sistematico, coherente y real, sin dar crédito a técnicas irrealizables por muy "japonesas, chinas, etc, tradicionales y respetables q sean.
¿Cuantas veces has visto realizar una "reducción" de las q se explican, por ejemplo, en Avila, en la calle y q funcione? Ninguna y son dos los motivos: El 1º son irrealizables en una situación real (bonito pero irreal)
2º Los agentes, (viendo su irreabilidad), ni siquiera se plantean ponerlas en práctica, saben de antemano q solo le salen al "maestro" q las explica y solo en los entrenamientos.
Menos mla q algo de "full-contac" les dan y con alguna galleta q se lleven ya no irán tan contentos/as por la calle.
Un saludo y a entrenar.
En segundo lugar decirte ¿crees q es serio ser tal o cual cinturón o Dan de Defensa Policial? ¿o de cocina o de albañileria? Q pasa, ¿q a estas alturas nos seguimos engañando? El q un grupo escoja una determinada federación, más bien obedece a interese q a necesidades. Por cierto y ya q pones en el candelero a la formación recibida en Avila ¿q formación recibieron las pobres policias asesinadas recientemente.......? Si esa es la formación q imparte tu federación a agentes q deben de estar preparados siempre para actuar, pobres de nosotros los ciudadanos de a pie, como nos tengan q ayudar.
Y por último ¿realmente sabes como se les entrena allí? El tener una amalgama de técnicas de distintos sistemas no es válido en absoluto. Un sistema de Defensa policial tiene q ser por fuerza un entrenamiento riguroso, sistematico, coherente y real, sin dar crédito a técnicas irrealizables por muy "japonesas, chinas, etc, tradicionales y respetables q sean.
¿Cuantas veces has visto realizar una "reducción" de las q se explican, por ejemplo, en Avila, en la calle y q funcione? Ninguna y son dos los motivos: El 1º son irrealizables en una situación real (bonito pero irreal)
2º Los agentes, (viendo su irreabilidad), ni siquiera se plantean ponerlas en práctica, saben de antemano q solo le salen al "maestro" q las explica y solo en los entrenamientos.
Menos mla q algo de "full-contac" les dan y con alguna galleta q se lleven ya no irán tan contentos/as por la calle.
Un saludo y a entrenar.



