Lo cuelgo tambien en el foro de deportes de contacto ya que tambien hace referencia a divesas artes marciales y sus federaciones.

Moderadores: moderador suplente, admin





Supongo que aquí hay un error, porque no podría entender que del moderno y deportivo Wushu (en realidad el único que se puede considerarse deporte dentro de las artes marciales chinas, junto con el Shuai Jiao ,y esto último es discutible, y que podría estar recogido con lógica y propiedad en una fed. deportiva), sólo una de sus modalidades de mano vacía (en realidad, también incluye armas) esté contemplada, dejando de lado las que por lo demás son más representativas del conjunto, como son el Nan quan, Chang quan y Sanda.Solnac escribió:De las siete especialidades deportivas enumeradas, el Judo es la principal. El Kendo comprende dos pruebas que son el Iaido y el Jodo, y el Wu-Shu una, que es el Taichi-Chuan.
EL problema es que "Chanquan, Nanquan, Sanda, etc", son nombre GENÉRICOS, a los que se pueden adscribir centenares de estilos. Sin embargo TCC, Taijiquan, Tai Chi Chuan, etc (transcripciones ideográficas de una sola palabra en chino) es el nombre de un sistema en particular con un número pequeño y limitado de variantes. Nada que ver con los otros. Me gustaría saber como quedan recogidos sistemas como Baguazhang, Xinyiquan, Yiquan, Liuhepafa...Solnac escribió: Tienes razón en parte, pone textualmente: Judo, Jiu-Jitsu, Aikido, Kendo, Wushu y Tai Chi Chuan, dependientes de la Real Federación Española de Judo y D.A.
Supongo que se quiso marcar la diferencia existente entre la modalidad interna del Wushu (Taijiquan) y las externas del Wu Shu (Chanquan, Nanquan, Sanda, etc.)
Yo te lo digo, un trabajo de poco nivel y/o desarrollo, basado en habilidades físicas propias en exclusiva de la juventud, como fuerza, velocidad, etc. Algo que no tiene que ver nada con ningún estilo en particular, sino con el nivel de pericia y sofisticación alcanzado por el practicante. En niveles avanzados, TODOS los estilos chinos, son internos. Y en niveles iniciales, los llamados "estilos internos", lo que suelen ser es muy pobres, pues renuncian en sus inicios de los fácil y funcional, en aras d obtener antes, lo superior. Todo ello con muy variados resultados, la mayor parte de las veces, poco afortunados.Muchos foreros no tienen un conocimiento preciso sobre lo que es el Wushu externo
Pues en el ámbito deportivo y "oficial", única y exclusivamente, la ejecución de coreografías, ajenas por completo a cuestiones como aplicabilidad con un rival, desarrollo de habilidades específicas, etc.y también una idea muy específica y reducida de todas las facetas que abarca el Taijiquan (TAI CHI CHUAN).
Del moderno,me temo que poco hay que rascar en cualquier caso. Se trata de actividades lúdicas para la juventud y de un estupendo modo de fastidiarse la salud para los competidores de alto nivel (algo consustancial a la práctica deportivo-profesional de casi cualquier deporte).Ambos en sus facetas Tradicionales (Chuanton Wushu-Kung Fu) y Modernas (Xiandai-Wushu).
En efecto, ésto es algo más que discutible, lo diga la ley que lo diga.Como español tengo el derecho de lucir con orgullo mi bandera y mi himno, si así lo deseo y más aún si encima soy ganador en una competición. Y me parece muy de caciques el pretender apropiarse de valores que están por encima de estamentos y gobiernos.chongwang escribió: ¡Tócate los pies! No sabía que usar la bandera era competencia única del CSD


Hemos tenido conocimiento de su Circular 12/10 que publican en su web donde informan de la celebración en España de varios Campeonatos de Europa de Muay Thai, todos ellos al margen de la Federación Española de Kickboxing.
Al respecto le informo que en España el Muay Thai está oficialmente reconocido por la Comisión Directiva de este Consejo Superior de Deportes, teniendo todas las competencias para su regulación y gobierno la Federación Española de Kickboxing (FEK), Federación Deportiva inscrita en nuestro Registro de Asociaciones Deportivas que tienen delegadas en exclusiva las funciones públicas de caracter administrativo que se contemplan en la LEY 10/1990, de 15 de octubre del Deporte, entre las que figuran organizar o tutelar las competiciones oficiales de carácter internacional que se celebren en el territorio del Estado, así como ostentar la representación oficial internacional de España.
Por tanto quiero nuevamente indicarle que las actividades internacionales de referencia no han contado con la preceptiva autorización de este Organismo para su celebración en terriotorio español, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 2075/1982, de 9 de julio, sobre actividades y representaciones deportivas internacionales, por lo que los participantes españoles no pueden hacerlo en representación oficial de España, sino a título individual, no pudiendo por tanto hacer uso de los símbolos nacionales (bandera e himno). Idénticas indicaciones son extensibles a otros deportes de combate que dicen practicar en su organización, ya que están oficialmente reconocidos por este Organismo y adscritos a varias federaciones deportivas españolas como son: Judo, Jiu-Jitsu, Aikido, Kendo, Wu Shu y Tai Chi Chuan, dependientes de la Real Federación Española de Judo y D.A.; Karate y Tai-Jitsu que dependen de la Real Federación Española de Karate; Taekwondo y Hapkido que dependen de la Federación Española de Taekwondo; Kickboxing, Ful-Contact, Semi-Contact, Light-Contat, K-1 y Muay Thai que dependen de la Federación Española de Kickboxing y Boxeo que depende de la Federación Española de Boxeo; etc.
Por tanto ruego que en lo sucesivo se abstengan de llevar a cabo actuaciones similares ya que en caso contrario podrían ejercitarse las acciones pertinentes por desobediencia.
Madrid, 1 de diciembre de 2010 - EL SUBDIRECTOR GENERAL DE ALTA COMPETICION.
ORIGINALMENTE:
Esta carta fue enviada al Sr Beltran de Fidam sobre la utlizacion de "España" y sus simbolos en torneos o veladas internacionales. La carta es de presidencia del gobierno. Creo que es interesante saberlo.
Lo cuelgo tambien en el foro de deportes de contacto ya que tambien hace referencia a divesas artes marciales y sus federaciones.

Es que eso no es cierto. No pueden representar a España en competiciones amparadas con el CSD, o por el comité olímpico Internacional, etc. Fuera de competiciones reconocidas y avaladas por el CSD, podrán hacer lo que quieran. De hecho, el asociacionismo, a todos los niveles, es un derecho.Solnac escribió:No se si habéis meditado sobre vuestras críticas, pero si leéis atentamente, veréis que lo único que se dice en la carta es una advertencia para que si no son oficiales y no pueden ostentar la representación de España, que no lo hagan simplemente.
Si no eres médico, no puedes usar el sello del Ilustre Colegio Oficial de Medicina.
.Las Titulaciones Oficiales están perfectamente delimitadas y regladas. Esta carta aboga contra el INTRUSISMO
Pues no sé que ley es esa que lo prohíbe. Una cosa es que no pueda participar en eventos promovidos/avalados por el CSD y organismo de rango superior que reconozcan al CSD (comité olímpico internacional, por ejemplo) y otra que no se puedan montar competiciones de rango mundial si se desea, al margen de margen de cualquier organismo, siempre que se respeten las leyes referentes a la organización de eventos públicos (seguros, medidas contra incendios, presencia médica, etc).Por lo visto, supuestamente la FIDAM, no tiene potestad para organizar nada en el ámbito superior al de su propia organización, ni regional, nacional y por supuesto internacionalmente. Al menos eso es lo que yo deduzco que quiere indicar.
Ala... que bien nos aprendemos la lección. Siguiente paso escribir "oficial" con mayúscula.Solnac escribió: Esta carta aboga contra el INTRUSISMO.

Dudo mucho que fuera con el objetivo de marcar tal diferencia (no es la función de la conjunción "y"), sino añadir un nombre más a la lista. Si pretende hacer una distinción entre externo e interno usando el Tai Ji Quan, queda patente una vez más el desconocimiento general de la gente de la RFEJDA, al menos en lo que WuShu se refiere.Tienes razón en parte, pone textualmente: Judo, Jiu-Jitsu, Aikido, Kendo, Wushu y Tai Chi Chuan, dependientes de la Real Federación Española de Judo y D.A. Supongo que se quiso marcar la diferencia existente entre la modalidad interna del Wushu (Taijiquan) y las externas del Wu Shu (Chanquan, Nanquan, Sanda, etc.)
Por lo que se ve, muchos de los que manejan el cotarro en la RFEJDA tampoco tienen mucha idea (Chuantong Wushu-kungfu....Muchos foreros no tienen un conocimiento preciso sobre lo que es el Wushu externo y también una idea muy específica y reducida de todas las facetas que abarca el Taijiquan (TAI CHI CHUAN). Ambos en sus facetas Tradicionales (Chuanton Wushu-Kung Fu) y Modernas (Xiandai-Wushu).
