tengo 31 años, soy de la zona norte de españa y digamos que soy un “intruso” en el mundo del fitnes, lo entrecomillo porque no he hecho TAFAD ni iNEF, es más no estudié nada relacionado con el mundo del fines.
Y por uno u otro motivo empezé hace 10 años a dar clases (previa “formación” con cursos de “les mills” de bodypump, bodycombat etc etc) con el objetivo de hacer sustituciones, el caso es que poco a poco me fui haciendo un hueco y al final quedé con clases para mi, me forme con un curso de actividades dirigidas (Step/Aeróbic/tonificación) y a parte de los cursos de Les Mills (bodycombat, bodypump, bodystep, bodyvive…) y de cursos de formación interna para clases en suspensión, elíptica y alguna más….
He estado algo desactualizado con el tema de las formaciones y este año dije que no podía seguir así y hace unas semanas empezé con una iniciación de pilates de FEDA por temas ir enfocandome a otras cosas y de ampliar conocimientos y porque no… por curriculum y de rebote me enteré de algún cambio en la LEGISLACIÓN pero no me quedó nada claro, y tampoco encuentro mucha cosa que me aclare por internet.
Actualmente sigo trabajando en el mismo centro que comencé hace 10 años y por el momento NO tengo intención de dejarlo, pero con estos cambios de leyes quería algo de luz de si me podría afectar en algo, o en caso de que buscase trabajo en otro sitio me podría implicar la NO contratación por temas leyes.
Espero que me explicase lo más correctamente posible y ante cualquier duda por vuestra parte sobre mi situación aquí estoy para daros info y que vosotros me aclares las mias.
Un saludo y gracias de antemano.

